ELECCIONES ICAM 2007: APOYO A LA CANDIDATURA DE JAVIER CREMADES PARA DECANO

Tras analizar la composición de las distintas candidaturas que en estas elecciones 2007 se presentan para Decano y miembros de la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, así como sus programas de actuación, la Junta Directiva de la asociación Unión de Abogados ha acordado aconsejar que se vote la candidatura que encabeza el compañero D. Francisco Javier Cremades García.

Recordamos que la votación se celebrará el próximo viernes 14 de diciembre de 2007, entre las diez de la mañana y las ocho de la tarde en el Palacio de Congresos de Madrid, sito en el Paseo de la Castellana.

EL ARRAIGO EN ESPAÑA PREVALECE SOBRE EL DERECHO DE CUSTODIA

Noticia difundida el 21.10.07 por Europa Press

La Audiencia Provincial de Málaga ha rechazado devolver a una menor a su país de origen para residir con su padre, que tiene su la custodia, al entender que la niña está totalmente adaptada en España, donde vive actualmente con su madre, y que la separación de ésta la pondría en "grave riesgo psíquico".

El Juzgado de Primera Instancia número 16 de Málaga acordó en febrero de este año "la inmediata restitución de la menor a su padre", acogiendo, de esta forma, la pretensión del Abogado del Estado en aplicación del Convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción de menores.

La madre de la pequeña presentó un recurso de apelación para que, según la sentencia a la que tuvo acceso Europa Press, se dejase sin efecto la resolución del juzgado y en su lugar se desestimase la solicitud de restitución, al entender que había excepciones previstas en dicho Convenio.

En este punto, el escrito de apelación ahora estimado argumentaba que la menor está "integrada plenamente en España" y que se produciría "un grave peligro psíquico para la misma si retornara a su país de origen"; además, añadía que el padre "había consentido el traslado de su hija". 
 
La Sala de apelación indica en la sentencia que "es cierto que los tribunales británicos han otorgado al padre los derechos de custodia de la menor" y que, por tanto, "su traslado desde el país de origen a España y permanencia de la niña ha de reputarse ilícita". 

 
No obstante, apunta que existen informes periciales y del colegio en el que está escolarizada que dicen que "está plenamente integrada en su nuevo medio" y que la separación de la madre, "que ha venido cuidándola desde su nacimiento", la pondría "en grave situación de riesgo, causándole incluso, posiblemente, un conflicto de identidad, con sentimientos de pérdida, abandono e inseguridad".


Estas circunstancias "autorizan" a la denegación de la restitución "toda vez que la niña está plenamente integrada en la localidad en la que actualmente reside, Cómpeta, en compañía de su madre y de la pareja de ésta con la que está perfectamente identificada". Se añade que los resultados de la escolarización son buenos.


Por otro lado, se indica que en caso de la existencia de esos riesgos para la pequeña es preciso que se haya acreditado que el Estado de origen "ha adoptado o está dispuesto a adoptar las medidas adecuadas para garantizar la protección del menor, tras la restitución", lo que en este caso no ha sido así.

Esto "faculta a esta Sala, ante esa falta de acreditación, a denegar la pretensión de restitución", más cuando, se añade, artículos de la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos del niño hablan de que "el interés del menor es absolutamente prevalente".

CONSERVACIÓN DE DATOS: ¿QUIÉN CUSTODIA A QUIÉN?



El 5 de octubre del 2007, el Senado, ha aprobado, con el apoyo absoluto del PP, un proyecto de Ley por el que se obliga a las operadoras de telefonía a conservar los datos de trafico de Internet y las comunicaciones electrónicas, tanto de telefonía fija como móvil, e incluso telefonía por Internet.

La actual legislación sobre Internet, aun a falta del desarrollo reglamentario previsto, ya establece para las ISP la obligación de conservar los datos de trafico generados cada vez que navegamos por Internet, sin embargo para la telefonía fija o móvil, rige el principio del mas absoluto secreto de las comunicaciones y solo pueden ser conservados aquellos datos que sean necesarios para facturar durante el tiempo que pueda impugnarse la factura o exigirse el pago. Fuera de ese caso las operadoras vienen obligadas a destruir los datos que se generen en las comunicaciones, art 65 del RD 424/2005, de 15 de abril del reglamento de la ley general de telecomunicaciones.

La nueva Ley trae su origen en la Directiva 2006/24/CE del Parlamento Europeo, propuesta por el Reino Unido, a raíz del fracaso de su Gobierno tras los atentados de 2005 en Londres de promulgar una Ley similar debido a la oposición tajante de la opinión publica.

El debate, que precedió a la aprobación de la Directiva, no fue pacifico, y desde los grupos de derechos civiles sostuvieron que el sacrificio del derecho a la intimidad y la vida privada no es proporcionado con la finalidad legítima perseguida y no existe una necesidad social imperiosa para tal limitación.

El supervisor europeo de protección de datos (EDPS), Peter Hustinx, manifestó no tener claro que la recién aprobada directiva de retención de datos de telecomunicaciones cuente con las necesarias salvaguardas para garantizar la seguridad de los datos de los usuarios, ni que los ciudadanos sean conscientes del almacenamiento de datos que se produce. Así, considera probable que la normativa acabe en el Tribunal de Justicia de la UE.

En esta línea, en Francia, Alex Türk, Presidente de la Comisión Nacional de la Informática y de las Libertades (Cnil), este verano, advirtió contra la "sociedad de la vigilancia", que a su juicio se está implantando. Según dijo, "los individuos se dejan tentar por la comodidad que las nuevas tecnologías les ofrecen", "pero son poco conscientes de los riesgos que comporta". También, la Abogada General Juliane Kokott, en un informe de julio 2007, recuerda que una reciente resolución del Bundesverfassungsgericht alemán sobre el análisis computerizado de datos personales, considera que tales injerencias son de alta intensidad, ya que el ciudadano no da motivo alguno, y puede sentirse intimidado cuando actúa dentro de la Ley, debido a los riesgos de abuso y al sentimiento de ser observado.

Desde esta pagina Pedro Martínez Teniente Fiscal de Madrid, en un reciente articulo titulado Quis custodiet ipsos custodes (¿Quién guarda a los guardias?), entre otras cuestiones advertía de la falta de control judicial en la entrega y utilización de la información.

A lo anterior, hay que añadir, el alto coste que la configuración de los equipos para cumplir esta obligación supondrá para las operadoras, que al final repercutirá en la factura del teléfono.

En definitiva, los datos que deben ser guardados, son extraordinariamente comprometedores para nuestra intimidad, ya que con ellos se puede saber dónde hemos estado, con quién hablamos, cuánto tiempo dura esa conversación, dónde se localiza físicamente nuestro interlocutor, en qué lugar nos encontramos, y para eso basta con que el móvil tenga cobertura y la SIM activada. Las paginas web que visitamos, nuestro banco, las compras que hacemos por Internet, los correos que enviamos, a quién se los enviamos y cuándo, y qué descargamos y con quién intercambiamos, en las redes P2P. Todos estos datos quedarán registrados para poder ser observados durante dos años.

Si bien es cierto que la policía necesitará autorización judicial para acceder a los datos, también lo es, que la interceptación de las comunicaciones se lleva a cabo de forma sistemática e indiscriminada, sin que medie una orden judicial. Por otra parte los datos no se entregan al juez para que discrimine cuáles son relevantes para la investigación y cuáles no, sino que se entregan directamente a la policía o al CNI, quienes podrán disponer de ellos a su antojo sin control alguno.

El propósito de esta nueva Ley, no es otro mas que obtener información sobre las comunicaciones de los ciudadanos en contra de la voluntad, o al menos, sin el consentimiento de los interesados y no se dirige contra el presunto delincuente sino que responde al deseo del Poder, de controlar al ciudadano. Para nosotros la Ley adolece de inconstitucionalidad, es desproporcionada, no diferencia entre estar dentro o fuera de la Ley, y carece de control judicial, por eso deberíamos crear una plataforma cívica en defensa de las libertades al estilo de la de “todos contra el canon” para movilizar a la ciudadanía y dirigirse al Defensor del Pueblo para que ejercite la acción de inconstitucionalidad.

LA ASAMBLEA GENERAL MODIFICÓ ESTATUTOS Y ELIGIÓ NUEVA DIRECTIVA

El pasado 17 de octubre, Unión de Abogados celebró en Madrid su asamblea anual de socios, que eligió a Miguel Manrique de Lara Muro como nuevo Presidente de la asociación, en sustitución de Fernando Cadalso, quien había venido siéndolo desde su constitución y a quienes los asociados agradecieron los años de dedicación, su esfuerzo y el impulso prestado a las actividades asociativas.

Junto a Miguel Manrique, formarán parte de la nueva Directiva José Ramón López Créstar como Vicepresidente, Inmaculada García como Secretaria y Emilio Esteve como Tesorero.

La asamblea aprobó por unanimidad la modificación de varios artículos de los estatutos originarios, así como el proyecto de actividades para el curso 2007-08.

EL CASO MADELEINE

Por Carlos Javier Galán, abogado
Publicado en el diario digital AvilaRed.com, 28.09.07

Pues no, no voy a hacer especulaciones sobre si creo que los padres de Madeleine McCann están o no implicados en la desaparición de su propia hija. Lo siento si alguien se decepciona. Ni siquiera estoy informado de la mayor parte de detalles –verdaderos o falsos- que sobre este caso han ido publicando los medios de comunicación.

A mí lo que me llama poderosamente la atención es el inusual tratamiento informativo del mismo.

En España, sin ir más lejos, hay actualmente 1.200 casos abiertos de menores desaparecidos. El último que yo recuerdo es el de Yeremi José Vargas, un niño de siete años desaparecido en Gran Canaria hace algunos meses. Los padres de Yeremi no tienen contratado jefe de prensa. Tampoco cuentan con los servicios del despacho de abogados que libró a Pinochet de la extradición. Ningún millonario les ha hecho un donativo para la búsqueda de su hijo. No han sido recibidos por el Papa. Ni siquiera se han entrevistado con el Ministro del Interior español. Y a la puerta de su casa no hay enviados especiales de medios informativos de todo el planeta.

Es increíble cómo el mundo entero puede moverse, no por razones objetivas (puesto que es obvio que informativamente no se trata de igual forma casos semejantes), sino cuando alguien tiene inteligencia y recursos como para montar una campaña. Y es curioso cómo se retroalimentan la oferta y la demanda: se ofrece información llamativa, la gente empieza a interesarse por el caso y, a partir de ahí, los medios le prestan esa atención que su propio público está demandando.

Pero, ¿no debería ejercitarse, en estos casos, por parte de los medios, un cierto sentido de la responsabilidad y evitar el morbo? Una cosa son las conversaciones informales que podamos tener en torno a un café y otra muy distinta es ver en letra impresa todos los días especulaciones y más especulaciones. Un panorama lamentable donde todos los medios parecen manejar información fiabilísima y estar en el quiz de la cuestión cuando, si algo ha demostrado este caso, es que existen multitud de filtraciones contradictorias y casi siempre interesadas. Un panorama donde cada ciudadano de a pie que se precie tiene ya hace tiempo un veredicto –casi siempre de culpabilidad-, dictado en atención a elementos tan concluyentes como los datos que va ofreciendo la prensa, el comportamiento público de los padres o lo que reflejan sus caras...

Los padres de Madeleine, ¿están implicados? No tengo ni la más remota idea. Y como no tengo certeza y tampoco tengo aficiones detectivescas, me ahorro hacer elucubraciones y menos públicamente. Como jurista y como ciudadano, creo sincera y firmemente en la presunción de inocencia como un pilar básico de nuestro marco de convivencia y me parecen repugnantes los juicios mediáticos paralelos. Pienso que, sencillamente, hay que dejar que la policía y los jueces hagan su trabajo. Y cuando haya realmente una noticia y no una suposición, que nos la faciliten.

Este clima que se ha creado y este tratamiento informativo, a mi juicio disparatado, no es beneficioso en ninguno de los supuestos posibles.

Imaginemos por un momento (ya sé que, después de lo que se ha visto y leído, les costará, pero inténtenlo) que el desenlace sea que, finalmente, los padres de Madeleine no están implicados. ¿Habrá alguna forma de compensar el calvario que pueden estar viviendo, el doble dolor indescriptible de padecer la desaparición de su hija y, además, sufrir las acusaciones de ser ellos mismos los culpables?

Pero ¿y qué pasa si, simplemente, el caso nunca se resuelve, como ha sucedido en millares de ocasiones, si el cadáver nunca aparece, si nunca realmente sabemos lo que pasó…? Pues que esos padres, sin que nadie les haya juzgado ni condenado, tendrán que vivir lo que les reste de existencia con la permanente sombra de la sospecha. Piénselo durante unos instantes, es sana costumbre ponerse en el lugar de los demás.

Y, finalmente, si fuera cierto que los padres de Madeleine están implicados en la desaparición de su propia hija, ¿de verdad alguien cree que este clima, con la lupa informativa diariamente sobre la policía y con los supuestos sospechosos sobre aviso, es el más adecuado para que se desarrolle una investigación medianamente seria?

MUERTE DE DOS TRABAJADORES: TRES AÑOS DE CÁRCEL AL EMPRESARIO

Según informa la prensa, la Audiencia de Barcelona ha confirmado una sentencia que impone tres años de cárcel al empresario Manuel Macías por la muerte de dos trabajadores. El tribunal concluye que hubo "máxima negligencia" en la actuación del empresario porque no había medidas de protección en el andamio del que cayeron los trabajadores. El fallo coincide con la polémica entre patronal y sindicatos por la prevención de riesgos laborales.

Dos pintores, que entonces tenían 34 años, perdieron la vida en julio de 2003 tras caer de un andamio en la avenida Paral·lel de Barcelona. El Juzgado de lo Penal número 6 de Barcelona ya había condenado a Manuel Macías, propietario de la empresa en la que ambos trabajaban, por dos delitos de homicidio con imprudencia y otro contra los derechos de los trabajadores.

La Audiencia de Barcelona ha confirmado ahora esa sentencia, así como la indemnización de 288.000 euros a los familiares de los fallecidos. El empresario, que también ha sido inhabilitado para ejercer su profesión, deberá ingresar en la cárcel al ser la pena de prisión superior a los dos años.

Los secretarios generales de CC OO, José María Fidalgo, y de UGT, Cándido Méndez, recordaron ayer al presidente de la CEOE, Gerardo Díaz Ferrán, que los empresarios tienen la "última palabra" en la organización del trabajo, y por tanto, también la tienen en la prevención de los accidentes laborales.

Díaz Ferrán, en el transcurso de unas jornadas celebradas el miércoles, pidió que se sancionase a los trabajadores que no atendieran a las normas de seguridad laboral. Fidalgo y Méndez recalcaron que todo contrato de trabajo implica "una clara situación de subordinación". Y que eso obliga a los empresarios a vigilar que los trabajadores cumplan con las normas.

AMPARO A FUNCIONARIA EMBARAZADA EN TAREAS DE RIESGO

Publicado en Expansión, 10.10.07.

Según doctrina del Constitucional, el derecho a la vida y a la integridad física puede verse vulnerado con la situación de riesgo, aunque no se haya consumado la lesión.

El Tribunal Constitucional ha otorgado el amparo a una veterinaria funcionaria, considerando que se ha vulnerado su derecho a la vida (art. 15 CE), al continuar con las funciones de riesgo que le habían sido encomendadas, una vez que la Administración se enterara de que estaba embarazada.

La trabajadora dirigió un escrito, con valor de reclamación previa, a la correspondiente Dirección del distrito sanitario, en el que, tras indicar que se hallaba de baja médica por complicaciones en el avanzado estado de gestación, mostraba su disconformidad con la nuevas funciones que le habían sido asignadas, al estimar que suponían un peligro para su propia salud y la de su futuro hijo, solicitando la restitución a su situación anterior.

Por su parte, la Administración alegó que la decisión de asignarle nuevos cometidos fue tomada por necesidades del servicio y, que no sabía que la funcionaria estaba encinta, teniendo únicamente noticia de su estado cuando, ya dictada resolución por el Tribunal Superior de Justicia, interpuso la reclamación previa. Asimismo, la Administración defiende la imposibilidad de que se haya vulnerado el derecho a la vida de la empleada, puesto que ésta desempeñó sus nuevas tareas durante un solo día.

Por su parte, el Tribunal Constitucional recuerda que el derecho a la integridad física puede verse vulnerado no sólo por acciones, sino también por omisiones de los poderes públicos. El Constitucional estima que para apreciar la vulneración del artículo 15 CE no será preciso que la lesión de la integridad se haya consumado, sino que basta con que se acredite una situación de riesgo relevante de que la lesión pueda producirse.
El Constitucional concluye que la inactividad administrativa a partir del conocimiento del dato del embarazo, permaneciendo pasiva desde aquella fecha sin ocuparse de anular el acto previo o de dictar uno que lo sustituyera en cumplimiento de la normativa aplicable, dio como resultado la lesión del derecho fundamental a la vida y la integridad física.

El Alto Tribunal estimó, además, que la Administración no podía justificar su pasividad en que la funcionaria estaba de baja, ya que una vez concluida ésta, tenía que reincorporarse al puesto, que implicaba riesgo para su salud y la del bebé en camino.

HABERLAS ¿HAYLAS?

Por Carlos Javier Galán, abogado

Hace algunos años, una cliente me encomendó su defensa en una reclamación de cantidad que habían interpuesto contra ella. El asunto, a primera vista, parecía insostenible: su pequeña empresa había contratado un servicio con una conocida gran empresa, que estaba en condiciones de probar que había prestado tal servicio, lo había facturado al precio pactado y mi cliente había dejado sin pagar una parte de ese precio, que además era una cantidad de dinero importante. Con estos ingredientes, en principio, ya me dirán ustedes: condena segura.

Ella me explicaba algunos pactos verbales que la otra parte había incumplido y por qué consideraba moralmente injusto pagar esa parte del precio (lo que ella consideraba justo ya lo había abonado puntualmente), pero tales conversaciones entre ambas partes eran totalmente indemostrables si no las reconocían y, lógicamente, no las iban a reconocer.

Le aconsejé llegar a un acuerdo con la parte contraria y ofrecerles abonar la deuda al contado ya, para evitarnos el pago de más intereses y de las costas del juicio. También le sugería la posibilidad, si lo prefería, de solicitarles un pago en plazos. Ella me dijo que no, que no quería llegar a ningún acuerdo y pretendía que defendiera su postura de no soltar ni un céntimo. Le insistí en que los argumentos que ella me daba no iban a prosperar, porque todo apuntaba a que podían perfectamente justificar que habían cumplido su parte, mientras que ella había incumplido la contraprestación pactada, sin que pudiéramos acreditar ningún motivo de oposición realmente sólido.

En circunstancias normales, le hubiera dicho que el asunto era indefendible desde mi criterio profesional y que, en consecuencia, no me podía hacer cargo del mismo. Pero tenía cierto compromiso con ella y con quienes la habían enviado a mi despacho, por lo que finalmente le dije que, siguiendo sus instrucciones, yo me opondría a la reclamación, pero que quería que tuviera claro que lo más probable es que la condenaran a pagar la deuda más los intereses y las costas del juicio.

El día señalado para la vista, quedamos a tomar café un rato antes, en una terraza cercana a los Juzgados. Repasamos cuál iba a ser mi planteamiento y yo le insistí en mi recomendación de llegar a un acuerdo, obteniendo otra negativa por su parte. Ella me reiteraba que asumía el riesgo, porque confiaba en que le asistía la razón moral. Nuevamente, le dije que en los juzgados no siempre gana la razón moral, porque el juez no puede saber quién la tiene, sino que se utilizan argumentos jurídicos y pruebas objetivas y que, en este caso, por mucho empeño y mucha diligencia profesional que yo pusiera, la cosa no pintaba nada bien.

Tras el fracaso de mi último intento, me coloqué la toga y me dirigí hacia la sala de vistas, dispuesto a afrontar el juicio a cuerpo descubierto, sin una mala prueba -documentos o testigos- que llevarme a la boca. Yo iba rezando no ya para ganar -que no me gusta pedir imposibles-, sino para que hiciésemos un papel digno, para que no hiciéramos demasiado el ridículo.

El caso es que, conversando relajadamente sobre un asunto ajeno a este procedimiento, mi cliente sin querer me dio una pista que me sirvió para tramar, sobre la marcha e instantes antes de entrar al juicio, una estratagema procesal aparentemente muy arriesgada. Pero en tales circunstancias, ¿qué teníamos que perder por intentarlo? Por secreto profesional, lógicamente no sólo he omitido los nombres y algunas circunstancias del caso, sino que no puedo dar muchas pistas ni siquiera de en qué consistió mi argucia. El caso es que hay días en que uno tiene la inspiración de su parte y formulé una determinada pregunta, aparentemente disparatada pero que, una vez explicada, tenía su miga. La inesperada cuestión que introduje hizo tambalearse la sólida prueba aportada por la parte contraria, hizo dudar a todos los testigos uno tras otro –el comercial con el que se concertó el servicio, el técnico que ejecutó la prestación y la administrativa que lo facturó- y todos empezaron a mostrar inseguridad e incluso a contradecirse en sus afirmaciones.

El abogado de esta gran empresa intentó salvar el imprevisto naufragio de su postura, pero yo en la exposición de mis conclusiones pude explayarme y rematar la jugada, sembrando la duda razonable sobre que realmente se hubiera llegado a producir la prestación del servicio.

Cuando salimos, yo todavía no me acababa de creer el giro que había dado el asunto, pero mi cliente estaba muy satisfecha:

- ¿Ves como te lo decía? Has estado muy bien, Carlos. Lo vamos a ganar.

- Mira, no ha salido mal -intenté ser prudente-, pero ya veremos. Ya no te puedo decir, como antes de entrar, que lo vamos a perder seguro, porque hemos tenido cierta suerte en cómo se han desarrollado al final las cosas…

- Que no, que no, suerte no, que tú eres muy buen abogado.
- Muchas gracias, de verdad, pero te aseguro que no todos los días se producen milagros.

No me resistía a hacerle la pregunta que me llevaba rondando todo el tiempo:

- Oye y, aparte de que tuvieras razón moral y de que me consideres buen profesional y todo esto que me dices, tú sabías que no teníamos pruebas y, a pesar de que yo te lo puse muy negro, has insistido en entrar y, lo que me llama más la atención, no has tenido nunca ni la menor duda. ¿Por qué?

En parte me volvió a repetir la cantinela pero, al final, me lo soltó:

- Pues porque yo iba con la verdad por delante, porque tú eres muy buen abogado… y porque mi vidente me había dicho que iba a ganar este juicio.

Acabáramos. La procuradora, que también estaba delante, me miraba sin dar crédito.

Unos días más tarde, me llama la procuradora partiéndose de risa:

- Me acaban de notificar la sentencia del asunto tal: que hemos ganado, que desestiman la demanda y le imponen las costas a la parte contraria… Oye y que dile a nuestra cliente que tendría yo que preguntarle a su bruja algunas dudillas que tengo sobre mi vida personal… jajajaja.

La otra parte no apeló la sentencia y nos pagó religiosamente a la procuradora y a mí nuestras facturas por el juicio.

Algún tiempo después, vuelve la misma cliente con otro asunto parecido: había contratado el mismo servicio con otra empresa, ésta se había equivocado en un determinado aspecto en su prestación y ella no había pagado el total del precio.

Y yo, vuelta a la carga:

- Mira, tú tienes un contrato firmado y ellos han cumplido. No vamos a poder demostrar que ese error que dices fuera tal, porque ese aspecto se pactó verbalmente y porque, una vez terminada la prestación, no consta ninguna reclamación por tu parte y han pasado ya un par de años. Te van a condenar a pagar el precio, con intereses y costas. ¿Quieres que les llame e intentemos un acuerdo…?
- No, no, Carlos, tienes que pelearlo, porque es injusto y…
- Ya sé que es injusto, pero de verdad que todos los días no suena la flauta como la otra vez y que es mejor ser realistas…
- Que no, que yo corro el riesgo y, si perdemos, pues perdemos. Tú contéstalo y defiéndelo como tú sabes hacerlo, que yo confío en ti…
- Que yo te agradezco mucho esa confianza, de verdad, pero tienes que entender…
- Nada, nada, que te opongas a la demanda, que yo voy con la verdad por delante.

No me atreví a preguntarle qué había dicho su vidente esta vez.

Le envío a la procuradora la contestación y, al ver quién es la cliente, se parte una vez más de risa:

- Hombre, la que consultaba a una bruja...
- Sí, pero me parece que no siempre le van a salir las cosas igual. Esta vez, con vidente o sin vidente, yo creo que ya sí que nos cascan...

Nos citaron a juicio en abril de 2006. Cuando estábamos esperando en la puerta de la sala de vistas, mi cliente, que es de armas tomar, se marcó una parrafada hacia el procurador contrario, diciéndole que a ella le estaban reclamando algo que no debía y que, aunque los papeles estaban de parte de ellos, la verdad estaba de parte de ella y que Dios es justo y no permitiría que se salieran con la suya… El otro procurador creo que se asustó y le dijo que con él no iba la cosa, que él era un mandado y estas cosas que decimos los profesionales en tales situaciones. Yo mismo la corté para que no se dirigiera en esos términos al compañero, explicándole que él sólo cumple con su obligación profesional, como yo con la mía.

Unos minutos más tarde llaman del despacho de la abogada contraria: que tiene una afección y que se ha quedado completamente sin voz .

Pasamos al despacho del juez y se lo explicamos. Su Señoría acuerda la suspensión del juicio y le dice al procurador de la demandante que, por favor, tan pronto como se recupere su abogada, lo comunique y que, en la semana siguiente, nos hará un hueco para celebrar el juicio. El procurador dice que, en efecto, por lo que le han dicho, será cosa de dos o tres días.

Hasta hoy. Nunca más se supo. Ni comunicaron nada, ni se nos volvió a citar a juicio… Ni yo he vuelto a preguntar, por si acaso, porque nosotros no tenemos prisa. El asunto está inusualmente paralizado y, lo que iban a ser dos o tres días se ha convertido, por ahora, en un año y medio.

No creo en las brujas, pero…

VISITA A LA EXPOSICIÓN DE PETER WITTE EN EL MUSEO MUNICIPAL DE MADRID

Os convocamos tanto a socios, como a familiares, amigos y cuantos compañeros deseen unirse, a una visita cultural al Museo Municipal de Madrid, en el que, hasta finales del mes de abril, está abierta la exposición de Peter Witte, en la que se exhiben fotografías de Madrid de los años 1965-90, de gran interés. 

La fecha de esta actividad es el domingo 29 de abril de 2007 a las 11 horas y nos encontraremos en la puerta del Museo, en la calle Fuencarral 78. Las estaciones de metro más cercanas son Tribunal y Bilbao. La entrada al museo es gratuita.

Este Museo Municipal está instalado en el Hospicio de San Fernando. Su fachada principal (1721-26) es obra de Pedro de Ribera. Su portada fue realizada por Juan Ron y es una joya del barroco madrileño. La capilla se debe a José de Arroyo.

Si deseas asistir a esta actividad cultural, rogamos nos lo confirmes enviando un correo electrónico a Fernando Caldalso o a Inmaculada García.

UNIDAD DE CONTRATACIÓN DE EXTRANJEROS CUALIFICADOS

Publicado por Noticias.info, Agencia internacional de noticias, 28.02.07. 

La secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Consuelo Rumí, ha anunciado hoy que en un mes aproximadamente el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales pondrá en marcha una nueva unidad dedicada a las demandas de contrataciones de extranjeros de especial cualificación.

Consuelo Rumí ha hecho estas afirmaciones en la apertura de las jornadas Gestionar la inmigración: propuestas para un desarrollo eficaz, organizadas en Madrid por Cinco Días con la colaboración de Accenture.

La responsable de Inmigración y Emigración ha asegurado que la entrada en funcionamiento de esta nueva unidad, enmarcada en un acuerdo aprobado por el Consejo de Ministros del pasado 16 de febrero, responde a que la necesidad de contratar mano de obra extranjera cualificada está cada vez más presente en la realidad de nuestro mercado laboral y "es requerida por un numero creciente de empresas que viene a dar cuenta de los cambios que opera el perfil de la inmigración que necesita nuestro país".

Consuelo Rumí ha adelantado que en el último año de la legislatura la sociedad española conocerá importantes cambios en el terreno de la gestión administrativa, con objetivo de "racionalizar la atención y tramitación de expedientes de extranjería, superar retrasos endémicos y lograr que las ofertas de trabajo de los empleadores españoles puedan ser materializadas en el menor tiempo posible".

La Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración ha recordado también el gran reto colectivo que supone para la sociedad española en las próximas décadas la integración de los inmigrantes, uno de las prioridades del Gobierno en esta legislatura.

El Gobierno ha activado, de un lado y a través del Fondo de Apoyo a la Acogida e Integración de Inmigrantes y Refuerzo Educativo, "una política activa de cooperación con las comunidades autónomas y ayuntamientos que ha incluido la multiplicación de los recursos dedicados a acogida e integración hasta por treinta veces. De poco más de 7 millones de euros en el año 2004 a los 200 en el 2007", ha dicho Consuelo Rumí, quien también ha valorado como muy importante el Plan Estratégico de Ciudadanía e Integración 2007-2010, aprobado recientemente por el Ejecutivo.

CONTRATACIÓN EN ORIGEN

La Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración ha calificado a la contratación en origen como "pieza clave del proyecto del Gobierno, que ha arrojado en 2006 un saldo positivo de 150.000 accesos a nuestro mercado de trabajo, y para el presente año se ha realizado una estimación de 200.000 contrataciones".

Consuelo Rumí ha considerado que los resultados del proceso de reformas y creación de nuevos instrumentos de gestión impulsadas a lo largo de los tres últimos años, "representan un esfuerzo liderado por el Ejecutivo pero que ha sumado la voluntad y el trabajo de muchos actores". "Ha venido a representar la reconstrucción de un consenso inexistente desde finales de los años 90 y que el Gobierno considera crucial", ha matizado Consuelo Rumí, quien también afirmó "que el dialogo y la negociación seguirán siendo la llave de las actuaciones del Gobierno en los próximos meses".

LA JUSTICIA, LENTA. PERO IRÁ PEOR...

Publicado por Madridpress, 28.02.07 

El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), Javier María Casas, manifestó que la justicia madrileña "vive un retraso generalizado" e "irá a peor", ya que la entrada de nuevos casos judiciales en la Comunidad de Madrid crece cada año sin que el Ministerio de Justicia aumente proporcionalmente el número de órganos judiciales. Casas explicó, en la I Jornada sobre Justicia en el Periodismo Local, organizada por la Consejería de Justicia e Interior y Madridiario, que el año pasado entraron "1.168.430 nuevos casos" en los distintos órganos judiciales de la Comunidad de Madrid y se resolvieron "1.139.746", lo que provoca "que cada vez haya más casos pendientes de resolver".

En este sentido, el presidente del TSJM dijo que en el año 2005 había 392.000 casos pendientes de solucionar, mientras que en el 2006 esta cifra ascendió hasta los 420.730. "Las perspectivas para dentro de un año es que estemos aún peor. Si ahora hay un atraso generalizado en la justicia, dentro de un año el retraso será mayor, porque el número de casos aumenta y el Ministerio de Justicia, de momento, no está por la labor de crear los órganos judiciales necesarios para Madrid", aseveró.

JUSTICIA NO SATISFACTORIA

Así, Casas achacó la "lentitud" de la justicia madrileña a "la sobrecarga de trabajo" y "a la insuficiencia de órganos judiciales", y señaló que "la solución pasa exclusivamente por la creación de nuevos juzgados". "Tenemos unos jueces independientes, honestos y bien preparados, pero no tenemos una justicia satisfactoria, principalmente por la lentitud de su funcionamiento", añadió.

De este modo, indicó que las previsiones del Ministerio de Justicia son crear 18 nuevos juzgados, lo que, a su juicio, "es radical y absolutamente insuficiente", de manera que "las perspectivas de que disminuyan los atrasos son inexistentes".


También afirmó que la entrada de nuevos casos en la Comunidad de Madrid es la más elevada de España, y defendió que esta región es la que tiene "mayor nivel de resolución de todo el país", "con un tiempo medio de respuesta de 5,7 meses por caso". Finalmente, Casas destacó la creación del Campus de la Justicia como el medio idóneo para acabar con la "extraordinaria dispersión" y las "deficientes instalaciones" de las sedes judiciales de Madrid.

QUERELLA CONTRA FIDEL CASTRO: LE ACUSAN DE ASESINAR A 9 PRESOS

Publicado en el blog Noticiero Cuba, 28.02.07

Una querella criminal contra los ciudadanos cubanos Fidel Castro Ruz y Osmani Cienfuegos fue presentada ayer ante el Juzgado Central de Instrucción de la Audiencia Nacional de España. La querella acusa a Castro y a Cienfuegos de ser los responsables en la cruel muerte por asfixia de nueve prisioneros de guerra. La querella fue presentada por el CAD-2506 (Comité de Asistencia a la Disidencia-2506), del que forman parte testigos presenciales de las muertes de que que acusan a los querellados.

Las nueve víctimas eran miembros de la Brigada 2506, cuyas fuerzas desembarcaron el 17 de abril de 1961, en las playas de Bahía de Cochinos, localizada en la costa sur de Cuba, con el propósito de liberar a Cuba de la tiranía Castrista y restablecer la democracia y un estado de derecho en el país.

Después del fracasado intento, los nueve combatientes fueron capturados y junto a mas de otros 100 prisioneros fueron encerrados en un furgón de transporte por orden del Capitán Osmani Cienfuegos, para trasladarlos de Playa Girón (Bahía de Cochinos) a La Habana. Cienfuegos fue informado en ese momento que si cerraban el furgón completamente, muchos prisioneros iban a morir asfixiados. Su cínica respuesta fue: "No importa, de todas formas los vamos a fusilar y así nos ahorramos las balas!", y seguidamente dio la orden de que subieran al ultimo herido al furgón, diciendo "¡Suban a este cochino a la rastra! ". 

Durante la travesía de mas de ocho horas hasta La Habana, el intenso calor y la falta de oxígeno, terminaron con la vida de nueve de los prisioneros. Muchos más sufrieron serias lesiones, enfermedades y pérdida del conocimiento. El hecho que a estos prisioneros se les haya violado los más básicos derechos humanos, derechos protegidos por las normas establecidas por la Convención de Ginebra y otros convenios internacionales, constituye un crimen contra estas personas y contra la humanidad.

"Este es uno de los múltiples casos de crímenes contra la humanidad que se han cometido en Cuba bajo el régimen tiránico de Fidel Castro", explicó Juan R. López de la Cruz, un sobreviviente del furgón y miembro del grupo CAD-2506. "Mientras Cienfuegos es directamente responsable por el crimen, Fidel Castro tiene la culpabilidad intelectual y es ultimo responsable por la muerte de estos jóvenes patriotas. Con esta querella presentada por el CAD-2506, las familias y compañeros de las victimas están pidiendo a los tribunales españoles que se haga justicia por este horrendo e injustificable crimen", añadió López.

CRISTIANOS DE ARABIA: VIVIR EN LA SOMBRA

Por José Luis Orella
Publicado en Minuto Digital, 28.02.07

A diferencia de los países del Próximo Oriente, donde existen minorías de  cristianos árabes y armenios, cuya situación de marginación empuja a una emigración paulatina, que amenaza la existencia misma de estas comunidades, en los países del Golfo Pérsico, donde se sitúan las monarquías tradicionales petroleras, el oro negro ha provocado una inmigración masiva de trabajadores a la industria petrolífera y a sus derivados y muchos de ellos son cristianos.

Sólo en Arabia Saudita trabajan de seis a siete millones de extranjeros.

En ese entorno de paisanos afincados en la península arábiga, es donde el cristianismo, desaparecido desde los tiempos de Mahoma, ha vuelto a prender.

La Iglesia católica tiene un vicariato para Arabia, donde se incluyen a todos los países de la península, para poder organizar de la mejor manera posible la ayuda espiritual que necesitan estos cristianos recién afincados.

En 1974 los católicos eran unos 200.000 mil, hoy no bajan como mínimo, de tres millones, de, al menos, cien nacionalidades diferentes, aunque en su mayor parte procedan de Filipinas, India, Paquistán, Etiopia, Eritrea, Sudán y Egipto. Sólo del archipiélago hispanomalayo son casi un millón de emigrantes.

Sin embargo, la situación de éstos es muy distinta y depende de países.

La capital de Emiratos Árabes Unidos, Abu Dabi es la sede del vicariato y donde se han podido construir media docena de iglesias, como en Omán, donde han sido construídas cuatro y otra en Bahrein.

Tanto el jeque de Emiratos Árabes Unidos, como el emir de Qatar, el rey de Bahrein y el sultán de Omán han procurado tener buenas relaciones con el Vaticano, y en los últimos años del siglo XX han abierto sus relaciones diplomáticas con él.

La excepción es Arabia Saudita, que como "protectora" de los "santos lugares" islámicos, y bajo el rigor interpretativo del wahabismo, prohíbe de manera total cualquier tipo de manifestación o símbolo cristiano en el país.

Para vigilar estos asuntos existe una policía especial, la mutawa, verdadero terror de los inmigrantes, a los cuales acosa cruelmente.

Cualquier libro u objeto que pueda ser calificado de cristiano es requisado y tirado a la basura, con el encarcelamiento del "delincuente".

Los sacerdotes que mantienen el culto clandestino, han de poseer sus papeles en regla como técnicos de las numerosas empresas que trabajan en el país árabe.

Las misas sólo pueden ser celebradas en los recintos diplomáticos y cualquier lugar habilitado en secreto puede ser desmantelado y sus ocupantes detenidos.

Desde 1990 a 1993, según Amnistía Internacional, 329 cristianos habían sido detenidos por diversos motivos.

El caso de Donato Lama, en octubre de 1995 fue uno de los divulgados por la prensa internacional, arrestado bajo la acusación de evangelizar, fue condenado a setenta latigazos y 18 meses de cárcel, hasta su expulsión a Filipinas.

En 1984, otros dos filipinos, Ruel Janda y Amel Beltrán, habían sido decapitados ante el silencio internacional. Más recientemente, en abril de 2005, cuarenta paquistaníes fueron detenidos por oír Misa de manera clandestina en un apartamento.

No obstante, parece ser que para la prensa occidental los filipinos, indios o paquistaníes, si son cristianos, no son lo suficientemente importantes para ser objeto de las reivindicaciones de los media de Europa y EEUU.

CAMBIA LA LEY CONCURSAL: QUE HACIENDA Y LA SEGURIDAD SOCIAL COBREN ANTES

Publicado en ABC, 10.02.07

El Colegio de Economistas criticó ayer con dureza el proyecto de ley de Concurrencia y Prelación de Créditos, que modifica la actual ley concursal para que los créditos públicos, de Hacienda, comunidades autónomas, Seguridad Social, etc., tengan preferencia en el cobro frente a otros acreedores en casos de crisis empresariales.

Según explicó ayer el presidente del Registro de Economistas Forenses, José María de la Cruz, la actual ley concursal, en vigor desde hace poco más de dos años, establece que el 50% de los créditos tributarios y otros de derecho público, incluido el de la Seguridad Social, tendrán prioridad frente a otros acreedores, en el mismo nivel que los salarios pendientes de pago, las retenciones tributarias de los trabajadores, las cuotas sociales de los mismos, o los salarios pendientes de pago. El otro 50% de estos créditos públicos se consideran créditos ordinarios y las sanciones y recargos tienen el carácter de subordinados, con lo que son los últimos en cobrarse si queda algo después de pagar al resto de acreedores.

El Colegio de Economistas denuncia que en muchos concursos la Agencia Tributaria y la Seguridad Social han reclamado cobrar también estas multas, intereses o sanciones con carácter de privilegio frente a otros acreedores, y que los jueces siempre lo han rechazado. Por eso, argumenta, el Gobierno, directamente, ha optado por modificar la ley. "Quieren conseguir en el Parlamento lo que no han conseguido en los Tribunales", apuntan. El citado proyecto normativo, que en estos momentos se tramita en el Congreso de los Diputados, establece, tal y como querían las administraciones públicas, que estos recargos prevalezcan ante los créditos de otros acreedores, lo que va en perjuicio de la posibilidad de que la empresa salga a flote, del resto de acreedores y de los propios trabajadores. Por ello, el Registro de Economistas se ha dirigido a los distintos grupos parlamentarios para que presenten una enmienda al proyecto de ley que suprima este cambio en la ley concursal. Fuentes del PP consultadas por ABC se han mostrado acordes con este argumento, y han avanzado que presentarán enmiendas para que la ley concursal mantenga el espíritu con el que se aprobó en 2003. No obstante, los economistas apuntan la necesidad de introducir mejoras en esta ley.

EL DNI ELECTRÓNICO, ANTES DE TERMINAR 2007

La Policía Nacional quiere acelerar la implantación del DNI electrónico en todo el territorio español, al objeto de que todos los ciudadanos puedan disponer del nuevo docvmento en 2007, según el director general de la Policía y de la Guardia Civil, Joan Mesquida.

PHISING: LA GENTE SIGUE PICANDO

Publicado en Líder Digital, 28.02.07

España ha recuperado el tercer puesto entre los países más afectados por los ataques de phishing a entidades financieras durante enero, tras acvmular un 6% del total, frente al 2% de diciembre de 2005, según los datos de RSA.

En total 7 entidades financieras españolas fueron víctimas de phishing y sumaron un total de 62 ataques, todos ellos provenientes de Estados Unidos y Belize. Los principales países emisores de ataques continúan siendo Estados Unidos, Alemania y Francia, mientras que Belize y Japón, históricos en esta lista, desaparecen de los 10 principales países emisores.

A nivel mundial, los ataques de phishing descendieron sensiblemente en el primer mes de 2007, con un total de 161 ataques frente a las 205 entidades afectadas durante diciembre del pasado año. El estudio refleja el descenso de ataques a entidades de Estados Unidos y el incremento en el resto de países.

Los ataques sobre entidades norteamericanas se redujeron desde el 79% de diciembre de 2006 al 66% de enero, por delante de Reino Unido, con un 15%, frente al 10% de diciembre, y Canadá en cuarto lugar junto con Alemania y México y sendos 3% de los ataques.

Además, RSA ha detectado un nuevo kit de phishing universal para generar ataques a medida y señala que las prácticas fraudulentas en Internet "siguen sucediéndose, con el phishig como la amenaza más extendida".

El Centro de Mando Antifraude de RSA ha estado monitorizando de cerca y actuando "agresivamente" contra este tipo de ataques generales contra instituciones financieras de todos los tamaños y, además, ha estado trabajando activamente para identificar los "sofisticados e innumerables esquemas que están siendo utilizados por los defraudadores".

Los analistas no son muy optimistas al respecto, ya que el número de bancos atacados ha vuelto a los niveles de noviembre, lo que indica que los defraudadores continúan enfocándose en sus objetivos "favoritos".

IU DENUNCIA: ESPAÑA VENDE ARMAS A MARRUECOS, PERJUDICANDO A LOS SAHARAUIS

El eurodiputado de IU Willy Meyer denunció hoy el 'macrocontrato' que firmaron España y Marruecos por valor de unos 200 millones de euros para la venta de armas porque afirmó que Rabat lo utilizará para rearmar a su ejército, que tiene entre sus funciones 'la ocupación de los territorios del Sáhara, la vigilancia del muro de los territorios ocupados y la persecución de los saharauis que defienden su derecho legítimo a la autodeterminación'.

Meyer recordó también que Marruecos mantiene 'litigios territoriales' con España mediante un comunicado en el que alertó de la firma de un contrato de compra de armas que incluye la transferencia de '1.200 blindados, 800 camiones militares y 10 patrulleras para la vigilancia de costas'.

Según el eurodiputado, este convenio representa 'la mitad del total de las exportaciones españolas de 2005 en material de defensa' y considera que con él el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, 'contribuye a rearmar al ejército marroquí' y toma partido en el conflicto entre Rabat y el Frente Polisario. 

'El señor Zapatero renuncia a ejercer su obligación de administrar el proceso de descolonización auspiciado por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, plegándose a los intereses marroquíes que incumplen sistemáticamente las resoluciones de la ONU', afirmó.

Meyer añadió que este contrato se suma a 'la reciente abstención de España en la comisión de descolonización de la ONU en relación al derecho de autodeterminación del pueblo saharaui', con lo que Rodríguez Zapatero se convierte en 'cómplice' de la política marroquí 'que impide y reprime al pueblo saharaui a ejercer su derecho reconocido internacionalmente de autodeterminación'.

EL MERCADO ESPAÑOL NO PUEDE ABSORBER MÁS INMIGRANTES

Publicado en ABC, 22.07.07
 
El mercado laboral español no está preparado para absorber toda la mano de obra inmigrante, según el Indicador Laboral de Comunidades Autónomas (ILCA) elaborado por la escuela de negocios IESE y por Adecco.

Los inmigrantes se acercan ya a los 3 millones y suponen el 13,9% del total de ocupados. Un dato significativo del informe es que de los 687.500 nuevos empleos creados en 2006, los trabajadores nacionales ocuparon 228.300 puestos de trabajo, mientras que los inmigrantes coparon 459.200 plazas, lo que supone que dos de cada tres empleos fueron ocupados por inmigrantes.

DENUNCIADAS IRREGULARIDADES EN TIENDAS DE INMIGRANTES

Publicado en El Mundo, 22.02.07

La Confederación Española de Comercio (CEC) ha denunciado la permisividad de las autoridades ante las irregularidades e incvmplimientos sistemáticos de la legislación comercial por parte de establecimientos regentados por inmigrantes, que podrían encubrir el blanqueo de dinero y la explotación de trabajadores.

Así lo ha asegurado el secretario general de la CEC, Miguel Ángel Fraile, para quien "no es aceptable" que autoridades locales y centrales "obvien que aquí hay un problema que está generando competencia desleal e incluso explotación de personas". "Pedimos que actúen, no pueden mirar hacia otro lado", reclamó. Las comunidades Madrid, Cataluña, Valencia, Murcia, La Rioja, Baleares y Canarias concentran la mayoría de irregularidades, que pasan desde aprovisionar a los 'top manta' a importar mercancía extracomunitaria de forma ilegal, distribuir falsificaciones y productos sin garantías sanitarias, incumplir la legislación laboral y de seguridad, y no contar con la licencia adecuada, entre otros.

"Las irregularidades se dan especialmente en establecimientos regentados por inmigrantes", insistió este portavoz. A su parecer, "es evidente" la "permisividad y descoordinación" de las diferentes administraciones públicas, por lo que considera necesario reforzar las inspecciones y controles en los comercios.
Fraile puntualizó que los titulares de estos establecimientos se declaran empresarios individuales en algunas ocasiones, "cuando en realidad forman parte de una red comercial", por lo que deberían tributar fiscalmente como un grupo empresarial y no como un comerciante autónomo.
Denunció además el pago de importes muy elevados, superiores a los precios de mercado, por los locales comerciales, sin que se declare la procedencia de los medios financieros aportados. Según el responsable de la CEC, "la procedencia de estos fondos es poco clara y podría venir del blanqueo de dinero". 
Fraile aclaró que no todo el comercio regentado por inmigrantes se caracteriza por estas prácticas e insistió en la necesidad de no generar una "alarma innecesaria", pero advirtió al mismo tiempo de que el número de irregularidades registradas crece progresivamente, sobre todo en algunas comunidades autónomas.

Para contribuir a erradicar estas prácticas, la CEC propone al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y a las autoridades laborales regionales que asesoren a los inmigrantes para que no incumplan la normativa comercial y difundan una guía de buenas prácticas para mejorar la atención al cliente, entre otras medidas.
La CEC también recomienda a Gobierno central y regionales que pongan en marcha políticas activas para favorecer la contratación de inmigrantes en su país de origen y colectivos desfavorecidos, y que impulsen programas de formación de parados, con el fin de cubrir la demanda de unos 50.000 puestos de trabajo anuales en el comercio tradicional.
"Es inaceptable que muchos comercios quieran expandirse y no puedan hacerlo por falta de mano de obra. Y que la mejor forma de encontrar trabajadores sea poner un rótulo en la tienda", lamentó el presidente de la CEC, Pere Llorens.

APLAZAMIENTOS DE JUICIOS: EN LOS JUZGADOS DE VALENCIA LOS EVITARÁN

Los juzgados de la Comunitat Valenciana contarán a lo largo de este año con un "pionero" sistema informático que permitirá reducir el número de aplazamientos en los juicios por imposibilidad de asistencia de alguno de los intervinientes convocados ya que, a través de éste, "se podrán conocer de antemano las agendas de los convocados y actuar", según anunció este lunes el conseller de Justicia y Administraciones Públicas, Miguel Peralta.

POSIBLE SUPRESIÓN DE LOS BAREMOS DE HONORARIOS

El Consejo General de la Abogacía Española, a través de su presidente, ha mostrado a las autoridades competentes su preocupación por la anunciada supresión de los baremos orientativos de honorarios que establecen los Colegios de Abogados por el perjuicio que pueden ocasionar al ejercicio de la profesión de abogado en defensa de los derechos fundamentales de los ciudadanos, así como a los intereses de éstos. Al mismo tiempo señala su voluntad de cvmplir escrupulosamente la normativa europea en materia de competencia.

En este sentido, manifiesta:

1º.- “Se trata -según ha expresado el presidente del CGAE, Carlos Carnicer- de cumplir escrupulosamente la normativa europea en materia de competencia sin perjudicar lo que entendemos representa el ejercicio de la profesión de abogado como garante de los derechos fundamentales de los ciudadanos”. Los honorarios mínimos fueron eliminados mediante la reforma que se introdujo en la Ley 2/1974 sobre Colegios Profesionales por el Real decreto 5/1996 y por la Ley 7/1997, de 14 de abril, de medidas liberalizadoras en materia de suelo y de Colegios Profesionales. Esas tarifas han existido en Italia hasta el año pasado, y sobre ellas se ha pronunciado el Tribunal de Justicia europeo que, no obstante, señala que corresponde a las autoridades nacionales comprobar si una normativa tal “responde verdaderamente a los objetivos de protección de los consumidores y de buena administración de justicia que pueden justificarla y si las restricciones que impone no resultan desproporcionadas respecto a estos objetivos”, en cuyo caso podrían ser aceptadas.

2º.-El CGAE ha pedido un informe jurídico, que será analizado por el Pleno del Consejo, con el fin de garantizar la libertad de mercado y la libre competencia sin perjudicar ni menoscabar el derecho a la tutela judicial efectiva. En este sentido, señala Carnicer, en el ejercicio de la tutela judicial efectiva tiene singular trascendencia el acceso a la justicia y la liquidación de las costas que se generan con el propio desarrollo del proceso. “De alguna forma habrá que fijar, dentro del importe total de las costas, los honorarios que corresponden al abogado que ha defendido a la parte vencedora, y de alguna manera deberá conocer el ciudadano lo que pueden costar los servicios jurídicos y, especialmente lo que podrá recuperar a través de la imposición de costas”. Para el máximo representante de los abogados españoles también es importante determinar quién y de qué forma debe fijar el normal precio de los servicios jurídicos cuando las Administraciones Públicas concierten servicios jurídicos mediante concurso, actuación cada vez más frecuente.

3º.- La Abogacía está a favor de la libertad de precios y de la libre competencia con la única limitación de cvmplir las normas deontológicas esenciales en el ejercicio de la Abogacía en Europa. “Consideramos, señala Carnicer, que el valor jurídico que pretenden proteger las normas de la competencia no resulta tutelado sin que los consumidores tengan al menos la posibilidad de conocer cual es el precio racional de los servicios de los profesionales. En definitiva, nadie puede defender o negociar un precio justo sin conocer, como mínimo, el coste razonable del bien o servicio a adquirir”.

4º.- El presidente de la Abogacía Española se ha comprometido a que la institución que preside se esfuerce en resolver las asimetrías informativas que hasta este momento se hayan podido producir. “Vamos a recordar en los impresos la libertad absoluta de precios entre el cliente y el abogado para que concierte los honorarios antes de iniciarse el trabajo suscribiendo la oportuna hoja de encargo tal y como impone la Carta de los Derechos del Ciudadano ante la Justicia aprobada por unanimidad de todos los partidos políticos en las Cortes españolas el 16 de abril de 2002”. 

5º.-En todo caso, el Consejo General de la Abogacía Española entiende que los Colegios de Abogados, que son corporaciones de derecho público, ni tienen ni han tenido nunca la voluntad de limitar la competencia ni la libertad de precios, sino orientar a los ciudadanos y facilitar a los jueces el desarrollo de su labor

LA GENERALITAT RECURRE LA RECUSACIÓN DEL MAGISTRADO PÉREZ TREMPS


Publicado por Europa Press, 20.02.07
El Gobierno catalán acordó presentar hoy mismo un recurso de súplica contra la recusación del magistrado del Tribunal Constitucional (TC) Pablo Pérez Tremps, apartado del caso del Estatut por haber hecho un informe previo al texto catalán.  
En rueda de prensa tras el Consell Executiu de la Generalitat, el conseller Joaquim Nadal dijo que la Generalitat no decidirá si plantea la recusación del también magistrado del TC Jorge Rodríguez Zapata hasta que el Alto Tribunal decida sobre el citado recurso de súplica a Pérez Tremps.  
El presidente José Montilla ya avanzó el pasado miércoles en el Parlament que los servicios jurídicos de la Generalitat analizaban si el magistrado Rodríguez Zapata puede ser recusado por haber hecho un informe similar al de Pérez Tremps.  
El conseller Nadal pidió hoy al TC que se pronuncie esta misma semana sobre el recurso de súplica con el objetivo de tener tiempo para plantear la citada recusación contra Zapata.

CHARLA SOBRE SUBCONTRATACIÓN

El próximo 31 de enero a las 20'30 h. tendrá lugar una charla coloquio organizada por nuestra asociación sobre La Subcontratación, en el Restaurante El Pinchito, calle Constancia núm. 48. Las estaciones de metro más cercanas son Prosperidad y Cartagena.

Recientemente se ha publicado la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción, una de las novedades legislativas relacionadas con el tema que se abordará.

Rogamos confirmación de asistencia mediante correo electrónico a Fernando Cadalso o Inmaculada García.

MÁS DE MEDIO MILLÓN DE ILEGALES SE REGULARIZARÁN EN 2007

Publicado en Expansión, 13.02.07

La regularización de 565.000 personas en 2005 fue, según el Gobierno, una medida puntual y necesaria que no planea repetir a corto plazo. Aunque, dos años después de este proceso extraordinario, cientos de miles de personas van a poder acogerse a la fórmula del arraigo social y laboral y a la reagrupación de familiares para salir de la clandestinidad.

La Asociación Profesional de Abogados de Extranjería de Madrid (APAEM) calcula que entre 400.000 y 600.000 extranjeros podrán normalizar de forma individualizada su situación este año, gracias al arraigo social y laboral. Este concepto jurídico fue introducido por el Ejecutivo en 2004 en el reglamento de la Ley de Extranjería como "una vía de regularización permanente" para inmigrantes y trabajadores indocumentados.

De este modo, todas aquellas personas que no pudieron solicitar un permiso de trabajo o residencia en 2005 por no estar empadronados en un municipio antes de agosto de 2004 -uno de los requisitos del proceso de normalización- podrán conseguirlo ahora mediante el arraigo. La razón es que este año cvmple el periodo mínimo de estancia que exige el reglamento para acogerse al arraigo social (tres años), a la vez que el arraigo laboral (dos años) está empezando a tener efecto. El proceso extraordinario de 2005 está comenzando a tener otro efecto secundario: la reagrupación familiar. En 2000, sólo 12 personas llegaron a España a través de esta vía. Cinco años después, fueron 74.919, según los últimos datos del Ministerio de Trabajo. "Desde que se hizo la regularización en 2005, las solicitudes se han triplicado y tanto los ayuntamientos como las subdelegaciones de Gobierno no dan abasto".

Raquel López, especialista en extranjería de Lo más legal, explica que cerca del 80% de las personas que obtuvieron sus permisos de residencia o trabajo en 2005 han solicitado la reagrupación familiar. Según López, los requisitos exigidos por la ley "no son muy complicados". Sin embargo, el atasco de solicitudes ha frenado los trámites, que pueden alargarse hasta ocho meses. Pese a todo, el 92% de los inmigrantes consiguen traer a sus hijos o cónyuges (en 2005 sólo hubo 3.633 denegaciones). En otros países como Alemania o Francia, las vías de entrada no laborales, como la reagrupación familiar, han sido las grandes causantes del incremento de la población extranjera en las últimas dos décadas. El ministro de Trabajo, Jesús Caldera, reitera que, en España, "hay muy pocos inmigrantes irregulares". En 2006, 401.108 personas renovaron sus permisos de residencia temporal y de trabajo. Sin embargo, tanto fuentes policiales como jurídicas insisten en que el número de indocumentados, que algunas ONG cifran en casi un millón, ha seguido creciendo dos años después del proceso extraordinario de regularización. Por eso, el arraigo social y laboral pueden ser un nuevo mecanismo para aflorar extranjeros en situación irregular.

DETENCIÓN POR LA MUERTE ACCIDENTAL DE DOS TRABAJADORES

Publicado en La Vanguardia, 16.02.07

El responsable de la subcontrata de Sacyr, en la que perdieron la vida el lunes dos pakistaníes, fue detenido el miércoles acusado de homicidio involuntario. Es la primera detención tras los cinco muertos en accidentes laborales que se han producido esta semana. Los empleados no tenían contrato y trabajaban por 3,3 euros la hora.

Los Mossos d´Esquadra detuvieron el miércoles a un ciudadano pakistaní acusado de dos homicidios involuntarios por la muerte de dos trabajadores, también pakistaníes, el lunes en una obra de Sacyr en Barcelona. El detenido, Shahzad A., que ha prestado declaración y pasará hoy a disposición judicial, era el encargado de contratar al personal, si bien los fallecidos no estaban dados de alta en la seguridad social ni contratados.

La empresa estaba a nombre de la mujer del detenido, que se llama Memonza Z. y que es de nacionalidad británica. La mujer - que también prestó declaración ante los Mossos- fue acusada de un delito contra los derechos de los trabajadores, igual que su pareja.

Los dos empleados murieron el lunes al caer de un andamio al vacío cuando trabajaban en una obra en Barcelona. La subcontrata en la que trabajaban los fallecidos dependía directamente de la constructora principal, Sacyr. Por eso CC. OO. pedirá la imputación de los directivos de Sacyr.

Fuentes judiciales explicaron que no es habitual que se detenga a una persona y se le impute un delito de homicidio involuntario en el caso de un accidente laboral. Fuentes sindicales señalaron ayer la importancia de que se dicten penas de prisión contra los directivos y empresarios responsables de compañías que incvmplen las normas de seguridad y donde se producen accidentes.

En este caso concreto, los trabajadores además de no estar contratados recibían un sueldo de unos 40 euros a la semana por 12 horas o, lo que es lo mismo, 3,3 euros por hora, informaron los Mossos. La policía autonómica añadió ayer que los empleados en la subcontrata donde sucedió el siniestro "en caso de hacerse daño no recibían ningún tipo de subsidio". Además de estas dos muertes, esta semana se han producido tres accidentes más en los que fallecieron otras tres personas.

ALTA INDEMNIZACIÓN: SE TIRÓ POR LA VENTANA

Publicado por Europa Press, 13.02.07

El Tribunal Supremo ha condenado a la Administración a indemnizar con 180.303 euros a una mujer internada en el Hospital Universitario Príncipe de Asturias, en Alcalá de Henares (Madrid), por ingestión de medicamentos, porque al día siguiente se tiró al vacío desde una ventana del centro hospitalario, por falta de vigilancia, a pesar de que "no se encontraba en condiciones de normalidad".

El alto tribunal ha revocado la sentencia de la Audiencia Nacional que denegó una indemnización a la mujer, porque consideraba que "no puede establecerse la oportuna relación de causalidad entre la actuación administrativa y el resultado producido y ello pues la voluntad de la ahora recurrente interrumpe dicho nexo causal haciendo imposible la imputación del resultado final que pretende".

El 27 de mayo de 1999, la recurrente ingresó en Urgencias del Hospital Universitario Príncipe de Asturias, tras haber ingerido medicamentos. Se la trasladó al departamento de observación "para mejorar su situación neurológica" y el psiquiatra de guardia intentó evaluarla ese mismo día y tres veces al día siguiente, pero no pudo al estar adormilada.

El día 28, la paciente tuvo un episodio de gran agitación y se arrancó la vía que llevaba puesta, por lo que el psiquiatra acordó proceder a su sujeción mecánica. Al día siguiente, la paciente "se levantó de la cama y se arrojó por la ventana, produciéndose diversas lesiones", afirma la sentencia de instancia.

La mujer recurrió la decisión de que no se le concediera una indemnización, alegando que había habido "una omisión de unas condiciones mínimas de vigilancia y seguridad, que hubieran sido exigibles, al haber ingresado aquélla como consecuencia de un intento de autolisis y habría sido esa omisión de las medidas de vigilancia, pese a conocerse los antecedentes de la actora, la que habría determinado los resultados lesivos por los que ahora se reclama".

El Supremo explica que para determinar la responsabilidad en lo sucedido es necesario analizar si el intento de autolisis "resultaba o no previsible a la vista de los antecedentes de la paciente". En este sentido, agrega que la Sala de instancia y la recurrente coinciden en que ésta ingresó por un intento de autolisis por la ingesta de medicamentos, por la depresión que padecía desde dos años antes.

Por ello, concluye, "la actora no se encontraba en condiciones de normalidad y ello era conocido por el servicio sanitario que decide mantenerla ingresada en observación y que tenía por tanto el deber de vigilarle cuidadosamente, pues como se desprende, ninguna duda hay que de que la paciente se encontraba privada de una capacidad normal de discernimiento debido a su alteración mental y tal alteración hacía previsible que se comportase creando riesgos, como el de un nuevo intento de suicidio que efectivamente realizó".

De ahí que le corresponda una indemnización, fijada en función de las lesiones que sufrió, porque "no se tomaron en el centro hospitalario las medidas de previsión y cuidado necesarios, sin que pueda considerarse como indebidamente hace la sentencia de instancia que la conducta de la actora constituyera una ruptura del nexo causal".

JUZGADOS DE MADRID: SISTEMA AUDIOVISUAL DE INFORMACIÓN

El proyecto Agenda de Vistas implantará en todos los juzgados de la Comunidad un sistema de información pública sobre juicios, para hacer más asequible a ciudadanos y profesionales de la Justicia los señalamientos de las vistas judiciales, cancelaciones, sustituciones o cualquier cambio en las mismas.

ESTAFA A INMIGRANTES: EL T.C. REDUCE LA PENA A LA MITAD

El Tribunal Supremo ha rebajado a más de la mitad (de 4 años y medio de cárcel a 2) la pena impuesta a un empresario por un delito de estafa, al exigir dinero a inmigrantes a cambio de un empleo en su negocio, a pesar de que sabía que las solicitudes de regularización no se concederían, porque tenía una deuda con la Seguridad Social de más de 60.000 euros.

El alto tribunal entiende que se le tenía que aplicar la pena menor, porque castiga la conducta delictiva que se refiere a los documentos necesarios para la lícita permanencia y trabajo de los extranjeros inmigrantes en España, pero no la de especial gravedad, porque sólo estafó 3.800 euros y el propio Supremo ha establecido el límite para aplicar gravedad por la cuantía defraudada en 36.000 euros.

Tampoco, según el Supremo, debió aplicarse la agravante de abuso de las relaciones personales existentes entre víctima y defraudador o de aprovedamiento de su credibilidad empresarial o profesional, porque dichas relaciones no existían ni el acusado ofreció un aspecto empresarial o profesional que no tenía.

No nos entusiasma esta resolución. Antes bien, nos parece que delitos como el comentado merecen mayor castigo, para mayor ejemplaridad.

EMPRESA PRIVADA VIGILA LA ACADEMIA GENERAL MILITAR

Publicado por Hispanidad, 14.02.07

La precariedad laboral ha llevado a la generalización de las subcontratas y puede llegar un momento en el que, por ejemplo, haya más asesorías y consultarías externas que gestores. Pero quizás el colmo de la subcontratación sea lo que ocurre en la Academia General Militar de Zaragoza, cuya seguridad corre a cargo de la empresa Eulen, grupo dedicado a las contratas de limpieza o al trabajo temporal. Los militares que protegen el país son protegidos por Eulen. A partir de ahora sólo queda que los ministros subcontraten gestores que les dejen tiempo libre en sus apretadas agendas. Los únicos que no subcontratan son los millonarios, probablemente porque no se trata de un oficio ni de un cargo, sino de una condición.

RODRÍGUEZ ZAPATA, EL TC Y EL CUENTO DE LA BUENA PIPA

Ahora resulta que el magistrado del Tribunal Constitucional Jorge Rodríguez Zapata, que actuó de ponente en la recusación de su colega Pablo Pérez Tremps, había elaborado también un informe para la Fundación Pi i Sunyer, en fechas anteriores al inicio de la reforma del Estatut.
 
Siendo la independencia judicial uno de los baluartes y soportes esenciales del Estado de Derecho, no se entiende que haya Magistrados que puedan incurrir en liviandades que desprestigian y deslegitiman la Justicia.

FISCALÍA DE CASTILLA-LA MANCHA: PERSEGUIR DELITOS CONTRA LOS TRABAJADORES

La Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJC-LM) y las centrales sindicales UGT y CC.OO. han suscrito un convenio de colaboración destinado a impulsar la persecución penal de los delitos contra los derechos de los trabajadores en materia de seguridad y salud laboral. El bien jurídico vida y la integridad física, así como las condiciones sociolaborales de los trabajadores habrán de ser siempre objetivos prioritarios, de máxima atención, preocupación y protección o garantía que nuestro ordenamiento jurídico haya que procurarse.

Desde la UA apoyamos, por tanto, cualquier medida en defensa de la prevención y castigo de estas infracciones.

Desde la Fiscalía se podrá actuar no sólo en las situaciones de accidentes con muerte sino en aquellas en las que se produzca infracción grave de la normativa de seguridad y salud laboral, comprometiéndose a actuar mediante los principios de celeridad, prontitud y firmeza.

Desde la UA aplaudimos el cumplimiento riguroso de la legalidad en la protección de los derechos de los trabajadores. No es admisible que la eventualidad laboral y el “fácil y rápido beneficio empresarial” cuestionen la integridad y vida de nuestros trabajadores.

SE NOS FUE LÓPEZ AGUILAR. OTRO VENDRÁ...

Palmas y pitos, luces y sombras, en la gestión de Juan Fernando López Aguilar al frente del Ministerio de Justicia, desde el que ha impulsado leyes como la que regulan los matrimonios entre homosexuales o el divorcio exprés y otras que suponen el endurecimiento de la Ley del Menor y del Código Penal.

Desde la Unión de Abogados vemos con preocupación que se impulse desde el poder una legislación contraria a la protección  de los derechos más básicos de la persona,  así como se atente de forma tan clara y deliberada a la institución orgánica de la familia.

DE JUANA: 3 AÑOS. EL QUE QUIERA NO PENAR, QUE AYUNE

Publicado en Bahía de Málaga, 12.02.07. 

UNA RESOLUCIÓN CONTROVERTIDA 

La rebaja de la pena se conoció anoche, después de que los miembros del pleno del Supremo realizaran varias votaciones en una reunión "problemática", durante la que varios magistrados se inclinaron por la absolución, mientras que otros se pronunciaron a favor de elevar la condena a 96 años.

El abogado de De Juana, Álvaro Reizabal, tiene previsto entrevistarse hoy con su defendido, que cumple 99 días en huelga de hambre, y analizar los pasos a seguir tras la decisión del Supremo. 

"Ayer también estuve con él y me dijo que hasta verse en la calle no la va a dejar [la huelga de hambre], aunque hoy hay una nueva información y las decisiones no tienen por qué ser siempre las mismas. Pero voy a eso, a hablar con él, a realizar una valoración y a tomar decisiones", ha indicado.
El abogado ha añadido que recurrirá ante el Tribunal Constitucional la sentencia del Supremo, ya que considera que no se ha cometido delito y porque se puede abrir la posibilidad de que el alto tribunal pueda suspender la sentencia del TS. Asimismo, avanzó que, en todo caso, Iñaki de Juana Chaos no aceptaría el tercer grado penitenciario.

INDIGNACIÓN ENTRE LAS VÍCTIMAS

Por otra parte, Manuel Bermúdez, un guardia civil que vio morir a 12 de sus compañeros en un atentado en 1986 en el que participó De Juana, ha calificado de "lamentable" la rebaja de la condena, al tiempo que ha señalado a la Fiscalía como responsable de lo sucedido.

En sentido parecido se ha expresado el Colectivo de Víctimas del Terrorismo del País Vasco (Covite), que ha advertido de que los que han sufrido la violencia de ETA "van a empezar a dudar de la Justicia" con la decisión del Supremo. 

Un portavoz de Covite ha señalado que la decisión del tribunal parece condicionada por las "circunstancias" y por la "publicidad" que ha tenido el caso de este terrorista, en referencia a episodios como la publicación de la entrevista en el diario británico The Times. 

Precisamente el lunes por la noche Arnaldo Otegi hacía referencia a estas imágenes. Según el dirigente de la ilegalizada Batasuna, la foto de De Juana en The Times puso al Gobierno español "contra las cuerdas" y causó un gran impacto en la sociedad vasca.

EL CGPJ DEFIENDE LA ACTUACIÓN DE LOS JUECES

El portavoz del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha dicho que la Justicia siempre actúa dentro de la ley, y "no por oportunos políticos ni por ningún tipo de presión". Ha señalado que la diferencia entre la sentencia del TS y la revocada es que el alto tribunal ha entendido que las amenazas proferidas por De Juana no se encuadran dentro de una actividad terrorista y como tal las califica de amenazas ordinarias.

En este sentido, destacó que en Justicia "hay decisiones difíciles de explicar" y apuntó que "nuestra obligación es explicarlas", si bien recalcó que en este caso puede llamar la atención que haya habido "distintas respuestas tan diferentes entre sí".

"Lo que es evidente es que la Justicia siempre actúa en el ámbito de la ley y de la lógica de la ley, y no por oportunos políticos ni por ningún tipo de presión", agregó López, quien insistió en que la sentencia de la Audiencia Nacional no es desproporcionada, sino una cuestión de derecho, "difícil de explicar", que hay que entenderla "como una actuación lógica dentro del marco del Estado de Derecho".
 
Indicó además que "no son buenas las llamadas constantes con carácter previo a que los jueces dicten resoluciones para que las hagan en uno u otro sentido", en referencia a las declaraciones que el lunes hizo el presidente del Senado, Javier Rojo, antes de que el TS tomara una decisión.

ITALIA. DEMANDA DE PATERNIDAD: SEIS CODEMANDADOS

Publicado en Libertad Digital, 07.02.07
 
Una joven italiana de la localidad alpina de Merano, en la provincia de Bolzano, ha solicitado la prueba de paternidad a seis varones del pueblo, entre ellas seis jugadores del equipo de fútbol local, para verificar quién de ellos es el padre del hijo que acabar de dar a luz, informó esta semana un diario local. La joven, de la que no se ha dado a conocer su identidad ni su edad, trabaja como camarera en uno de los bares de la localidad y hace pocos días dio a luz un niño, sin declarar quién era el padre.

El diario local de Bolzano de lengua alemana, el Tageszeitung, cuenta hoy como la chica "que no tenía una relación fija con nadie" decidió que era necesario que el padre supiese que había tenido un hijo. El problema era que no recordaba bien con quien podía haber concebido el hijo y pidió, a través de un abogado, que se realizasen las pruebas de paternidad a diez personas.

En la lista entregada por el abogado a las autoridades locales se encuentra medio equipo de fútbol -seis jugadores del club local-, así como dos concejales del ayuntamiento y un "conocido" empresario de la zona, según cuenta el diario.

El periódico explica además que en la localidad turística, conocida por sus termas y que cuenta con 35.000 habitantes, se ha creado gran expectación ante los resultados de los análisis y que incluso se aceptan apuestas sobre quien será el padre de la criatura.

UNIONES HOMOSEXUALES Y POLIGAMIA: VACÍO LEGAL

Un estudio del departamento de Derecho Internacional Privado e Historia del Derecho de la Universidad de Granada advierte del vacío legal existente en la Unión Europea en situaciones conyugales como la poligamia o el matrimonio homosexual.

El estudio analiza cuestiones como si a un matrimonio homosexual, reconocido en España, se le deben otorgar los mismos derechos que poseen en su país en cualquier otro al que decidan trasladarse, o si las uniones poligámicas celebradas en países árabes deben ser reconocidas como válidas en la Unión Europea.

Este trabajo, dirigido por Mercedes Soto Moya, advierte del vacío legal existente en la actual legislación en materia de uniones conyugales debido a que la UE no tiene competencias para regular este aspecto, informó hoy la Universidad de Granada.

Según Soto Moya, el problema radica en que tras el Tratado de Amsterdam (1999), la Unión Europea 'comunitarizó' el derecho internacional privado y el derecho de extranjería, pero no hizo lo mismo con el derecho de familia, de ahí los 'múltiples problemas' a los que se ven sometidos 'cientos de miles de personas' en los 27 países que conforman la UE.

El trabajo se ha centrado en el análisis de los matrimonios homosexuales, parejas de hecho y parejas registradas, una modalidad legal que sólo es válida en diez países de la Unión Europea.

La difícil situación legal a la que se ven sometidas estas parejas cuando cambian de país de residencia se debe a que las competencias para regular el derecho de familia 'son de cada Estado miembro, y no de la UE'.

La investigadora considera que, 'dado que otorgar estas competencias a cada uno de los 27 países sería una utopía', una posible solución sería realizar una definición común para el término 'cónyuge', que se refiriera a aquellos matrimonios válidos en el estado de celebración.

'Sólo así se pondría fin a esta difícil situación, facilitando la libre circulación de las personas', según Soto Moya.

La autora de este trabajo considera además que la actual legislación comunitaria 'fomenta el aumento de matrimonios de conveniencia entre personas del mismo sexo'.

En la actualidad, sólo tres países europeos (Holanda, Bélgica y España) permiten a los homosexuales contraer matrimonio.

La investigada destaca que, aunque ningún país europeo prohíbe la homosexualidad y sí la poligamia, 'tampoco se reconocen a estas personas sus derechos', con el argumento de que hacerlo iría 'contra el orden público de muchos estados miembros'.