NOVEDADES EN EJECUCIÓN HIPOTECARIA Y LIMITE DE EMBARGABILIDAD


Por un lado, impedirá que ningún acreedor hipotecario se adjudique el bien que sirve como garantía por debajo del 60 % de su valor de tasación.

Se reduce, por otra parte, al 20 %, la fianza que han de depositar los postores en las subastas. 

Y, finalmente, cuando el precio obtenido en subasta por la vivienda sea insuficiente para cubrir el crédito, la ejecución por el resto de deuda que quede pendiente se verá afectada por un nuevo límite de inembargabilidad de salarios, que se incrementa en un 50% respecto a lo previsto en el artículo 607.1 de la L.E.C. y, además, otro 30 % del SMI por cada miembro del núcleo familiar que no disponga de ingresos propios regulares superiores al SMI.

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