EL ARRAIGO EN ESPAÑA PREVALECE SOBRE EL DERECHO DE CUSTODIA

Noticia difundida el 21.10.07 por Europa Press

La Audiencia Provincial de Málaga ha rechazado devolver a una menor a su país de origen para residir con su padre, que tiene su la custodia, al entender que la niña está totalmente adaptada en España, donde vive actualmente con su madre, y que la separación de ésta la pondría en "grave riesgo psíquico".

El Juzgado de Primera Instancia número 16 de Málaga acordó en febrero de este año "la inmediata restitución de la menor a su padre", acogiendo, de esta forma, la pretensión del Abogado del Estado en aplicación del Convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción de menores.

La madre de la pequeña presentó un recurso de apelación para que, según la sentencia a la que tuvo acceso Europa Press, se dejase sin efecto la resolución del juzgado y en su lugar se desestimase la solicitud de restitución, al entender que había excepciones previstas en dicho Convenio.

En este punto, el escrito de apelación ahora estimado argumentaba que la menor está "integrada plenamente en España" y que se produciría "un grave peligro psíquico para la misma si retornara a su país de origen"; además, añadía que el padre "había consentido el traslado de su hija". 
 
La Sala de apelación indica en la sentencia que "es cierto que los tribunales británicos han otorgado al padre los derechos de custodia de la menor" y que, por tanto, "su traslado desde el país de origen a España y permanencia de la niña ha de reputarse ilícita". 

 
No obstante, apunta que existen informes periciales y del colegio en el que está escolarizada que dicen que "está plenamente integrada en su nuevo medio" y que la separación de la madre, "que ha venido cuidándola desde su nacimiento", la pondría "en grave situación de riesgo, causándole incluso, posiblemente, un conflicto de identidad, con sentimientos de pérdida, abandono e inseguridad".


Estas circunstancias "autorizan" a la denegación de la restitución "toda vez que la niña está plenamente integrada en la localidad en la que actualmente reside, Cómpeta, en compañía de su madre y de la pareja de ésta con la que está perfectamente identificada". Se añade que los resultados de la escolarización son buenos.


Por otro lado, se indica que en caso de la existencia de esos riesgos para la pequeña es preciso que se haya acreditado que el Estado de origen "ha adoptado o está dispuesto a adoptar las medidas adecuadas para garantizar la protección del menor, tras la restitución", lo que en este caso no ha sido así.

Esto "faculta a esta Sala, ante esa falta de acreditación, a denegar la pretensión de restitución", más cuando, se añade, artículos de la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos del niño hablan de que "el interés del menor es absolutamente prevalente".

CONSERVACIÓN DE DATOS: ¿QUIÉN CUSTODIA A QUIÉN?



El 5 de octubre del 2007, el Senado, ha aprobado, con el apoyo absoluto del PP, un proyecto de Ley por el que se obliga a las operadoras de telefonía a conservar los datos de trafico de Internet y las comunicaciones electrónicas, tanto de telefonía fija como móvil, e incluso telefonía por Internet.

La actual legislación sobre Internet, aun a falta del desarrollo reglamentario previsto, ya establece para las ISP la obligación de conservar los datos de trafico generados cada vez que navegamos por Internet, sin embargo para la telefonía fija o móvil, rige el principio del mas absoluto secreto de las comunicaciones y solo pueden ser conservados aquellos datos que sean necesarios para facturar durante el tiempo que pueda impugnarse la factura o exigirse el pago. Fuera de ese caso las operadoras vienen obligadas a destruir los datos que se generen en las comunicaciones, art 65 del RD 424/2005, de 15 de abril del reglamento de la ley general de telecomunicaciones.

La nueva Ley trae su origen en la Directiva 2006/24/CE del Parlamento Europeo, propuesta por el Reino Unido, a raíz del fracaso de su Gobierno tras los atentados de 2005 en Londres de promulgar una Ley similar debido a la oposición tajante de la opinión publica.

El debate, que precedió a la aprobación de la Directiva, no fue pacifico, y desde los grupos de derechos civiles sostuvieron que el sacrificio del derecho a la intimidad y la vida privada no es proporcionado con la finalidad legítima perseguida y no existe una necesidad social imperiosa para tal limitación.

El supervisor europeo de protección de datos (EDPS), Peter Hustinx, manifestó no tener claro que la recién aprobada directiva de retención de datos de telecomunicaciones cuente con las necesarias salvaguardas para garantizar la seguridad de los datos de los usuarios, ni que los ciudadanos sean conscientes del almacenamiento de datos que se produce. Así, considera probable que la normativa acabe en el Tribunal de Justicia de la UE.

En esta línea, en Francia, Alex Türk, Presidente de la Comisión Nacional de la Informática y de las Libertades (Cnil), este verano, advirtió contra la "sociedad de la vigilancia", que a su juicio se está implantando. Según dijo, "los individuos se dejan tentar por la comodidad que las nuevas tecnologías les ofrecen", "pero son poco conscientes de los riesgos que comporta". También, la Abogada General Juliane Kokott, en un informe de julio 2007, recuerda que una reciente resolución del Bundesverfassungsgericht alemán sobre el análisis computerizado de datos personales, considera que tales injerencias son de alta intensidad, ya que el ciudadano no da motivo alguno, y puede sentirse intimidado cuando actúa dentro de la Ley, debido a los riesgos de abuso y al sentimiento de ser observado.

Desde esta pagina Pedro Martínez Teniente Fiscal de Madrid, en un reciente articulo titulado Quis custodiet ipsos custodes (¿Quién guarda a los guardias?), entre otras cuestiones advertía de la falta de control judicial en la entrega y utilización de la información.

A lo anterior, hay que añadir, el alto coste que la configuración de los equipos para cumplir esta obligación supondrá para las operadoras, que al final repercutirá en la factura del teléfono.

En definitiva, los datos que deben ser guardados, son extraordinariamente comprometedores para nuestra intimidad, ya que con ellos se puede saber dónde hemos estado, con quién hablamos, cuánto tiempo dura esa conversación, dónde se localiza físicamente nuestro interlocutor, en qué lugar nos encontramos, y para eso basta con que el móvil tenga cobertura y la SIM activada. Las paginas web que visitamos, nuestro banco, las compras que hacemos por Internet, los correos que enviamos, a quién se los enviamos y cuándo, y qué descargamos y con quién intercambiamos, en las redes P2P. Todos estos datos quedarán registrados para poder ser observados durante dos años.

Si bien es cierto que la policía necesitará autorización judicial para acceder a los datos, también lo es, que la interceptación de las comunicaciones se lleva a cabo de forma sistemática e indiscriminada, sin que medie una orden judicial. Por otra parte los datos no se entregan al juez para que discrimine cuáles son relevantes para la investigación y cuáles no, sino que se entregan directamente a la policía o al CNI, quienes podrán disponer de ellos a su antojo sin control alguno.

El propósito de esta nueva Ley, no es otro mas que obtener información sobre las comunicaciones de los ciudadanos en contra de la voluntad, o al menos, sin el consentimiento de los interesados y no se dirige contra el presunto delincuente sino que responde al deseo del Poder, de controlar al ciudadano. Para nosotros la Ley adolece de inconstitucionalidad, es desproporcionada, no diferencia entre estar dentro o fuera de la Ley, y carece de control judicial, por eso deberíamos crear una plataforma cívica en defensa de las libertades al estilo de la de “todos contra el canon” para movilizar a la ciudadanía y dirigirse al Defensor del Pueblo para que ejercite la acción de inconstitucionalidad.

LA ASAMBLEA GENERAL MODIFICÓ ESTATUTOS Y ELIGIÓ NUEVA DIRECTIVA

El pasado 17 de octubre, Unión de Abogados celebró en Madrid su asamblea anual de socios, que eligió a Miguel Manrique de Lara Muro como nuevo Presidente de la asociación, en sustitución de Fernando Cadalso, quien había venido siéndolo desde su constitución y a quienes los asociados agradecieron los años de dedicación, su esfuerzo y el impulso prestado a las actividades asociativas.

Junto a Miguel Manrique, formarán parte de la nueva Directiva José Ramón López Créstar como Vicepresidente, Inmaculada García como Secretaria y Emilio Esteve como Tesorero.

La asamblea aprobó por unanimidad la modificación de varios artículos de los estatutos originarios, así como el proyecto de actividades para el curso 2007-08.

EL CASO MADELEINE

Por Carlos Javier Galán, abogado
Publicado en el diario digital AvilaRed.com, 28.09.07

Pues no, no voy a hacer especulaciones sobre si creo que los padres de Madeleine McCann están o no implicados en la desaparición de su propia hija. Lo siento si alguien se decepciona. Ni siquiera estoy informado de la mayor parte de detalles –verdaderos o falsos- que sobre este caso han ido publicando los medios de comunicación.

A mí lo que me llama poderosamente la atención es el inusual tratamiento informativo del mismo.

En España, sin ir más lejos, hay actualmente 1.200 casos abiertos de menores desaparecidos. El último que yo recuerdo es el de Yeremi José Vargas, un niño de siete años desaparecido en Gran Canaria hace algunos meses. Los padres de Yeremi no tienen contratado jefe de prensa. Tampoco cuentan con los servicios del despacho de abogados que libró a Pinochet de la extradición. Ningún millonario les ha hecho un donativo para la búsqueda de su hijo. No han sido recibidos por el Papa. Ni siquiera se han entrevistado con el Ministro del Interior español. Y a la puerta de su casa no hay enviados especiales de medios informativos de todo el planeta.

Es increíble cómo el mundo entero puede moverse, no por razones objetivas (puesto que es obvio que informativamente no se trata de igual forma casos semejantes), sino cuando alguien tiene inteligencia y recursos como para montar una campaña. Y es curioso cómo se retroalimentan la oferta y la demanda: se ofrece información llamativa, la gente empieza a interesarse por el caso y, a partir de ahí, los medios le prestan esa atención que su propio público está demandando.

Pero, ¿no debería ejercitarse, en estos casos, por parte de los medios, un cierto sentido de la responsabilidad y evitar el morbo? Una cosa son las conversaciones informales que podamos tener en torno a un café y otra muy distinta es ver en letra impresa todos los días especulaciones y más especulaciones. Un panorama lamentable donde todos los medios parecen manejar información fiabilísima y estar en el quiz de la cuestión cuando, si algo ha demostrado este caso, es que existen multitud de filtraciones contradictorias y casi siempre interesadas. Un panorama donde cada ciudadano de a pie que se precie tiene ya hace tiempo un veredicto –casi siempre de culpabilidad-, dictado en atención a elementos tan concluyentes como los datos que va ofreciendo la prensa, el comportamiento público de los padres o lo que reflejan sus caras...

Los padres de Madeleine, ¿están implicados? No tengo ni la más remota idea. Y como no tengo certeza y tampoco tengo aficiones detectivescas, me ahorro hacer elucubraciones y menos públicamente. Como jurista y como ciudadano, creo sincera y firmemente en la presunción de inocencia como un pilar básico de nuestro marco de convivencia y me parecen repugnantes los juicios mediáticos paralelos. Pienso que, sencillamente, hay que dejar que la policía y los jueces hagan su trabajo. Y cuando haya realmente una noticia y no una suposición, que nos la faciliten.

Este clima que se ha creado y este tratamiento informativo, a mi juicio disparatado, no es beneficioso en ninguno de los supuestos posibles.

Imaginemos por un momento (ya sé que, después de lo que se ha visto y leído, les costará, pero inténtenlo) que el desenlace sea que, finalmente, los padres de Madeleine no están implicados. ¿Habrá alguna forma de compensar el calvario que pueden estar viviendo, el doble dolor indescriptible de padecer la desaparición de su hija y, además, sufrir las acusaciones de ser ellos mismos los culpables?

Pero ¿y qué pasa si, simplemente, el caso nunca se resuelve, como ha sucedido en millares de ocasiones, si el cadáver nunca aparece, si nunca realmente sabemos lo que pasó…? Pues que esos padres, sin que nadie les haya juzgado ni condenado, tendrán que vivir lo que les reste de existencia con la permanente sombra de la sospecha. Piénselo durante unos instantes, es sana costumbre ponerse en el lugar de los demás.

Y, finalmente, si fuera cierto que los padres de Madeleine están implicados en la desaparición de su propia hija, ¿de verdad alguien cree que este clima, con la lupa informativa diariamente sobre la policía y con los supuestos sospechosos sobre aviso, es el más adecuado para que se desarrolle una investigación medianamente seria?

MUERTE DE DOS TRABAJADORES: TRES AÑOS DE CÁRCEL AL EMPRESARIO

Según informa la prensa, la Audiencia de Barcelona ha confirmado una sentencia que impone tres años de cárcel al empresario Manuel Macías por la muerte de dos trabajadores. El tribunal concluye que hubo "máxima negligencia" en la actuación del empresario porque no había medidas de protección en el andamio del que cayeron los trabajadores. El fallo coincide con la polémica entre patronal y sindicatos por la prevención de riesgos laborales.

Dos pintores, que entonces tenían 34 años, perdieron la vida en julio de 2003 tras caer de un andamio en la avenida Paral·lel de Barcelona. El Juzgado de lo Penal número 6 de Barcelona ya había condenado a Manuel Macías, propietario de la empresa en la que ambos trabajaban, por dos delitos de homicidio con imprudencia y otro contra los derechos de los trabajadores.

La Audiencia de Barcelona ha confirmado ahora esa sentencia, así como la indemnización de 288.000 euros a los familiares de los fallecidos. El empresario, que también ha sido inhabilitado para ejercer su profesión, deberá ingresar en la cárcel al ser la pena de prisión superior a los dos años.

Los secretarios generales de CC OO, José María Fidalgo, y de UGT, Cándido Méndez, recordaron ayer al presidente de la CEOE, Gerardo Díaz Ferrán, que los empresarios tienen la "última palabra" en la organización del trabajo, y por tanto, también la tienen en la prevención de los accidentes laborales.

Díaz Ferrán, en el transcurso de unas jornadas celebradas el miércoles, pidió que se sancionase a los trabajadores que no atendieran a las normas de seguridad laboral. Fidalgo y Méndez recalcaron que todo contrato de trabajo implica "una clara situación de subordinación". Y que eso obliga a los empresarios a vigilar que los trabajadores cumplan con las normas.

AMPARO A FUNCIONARIA EMBARAZADA EN TAREAS DE RIESGO

Publicado en Expansión, 10.10.07.

Según doctrina del Constitucional, el derecho a la vida y a la integridad física puede verse vulnerado con la situación de riesgo, aunque no se haya consumado la lesión.

El Tribunal Constitucional ha otorgado el amparo a una veterinaria funcionaria, considerando que se ha vulnerado su derecho a la vida (art. 15 CE), al continuar con las funciones de riesgo que le habían sido encomendadas, una vez que la Administración se enterara de que estaba embarazada.

La trabajadora dirigió un escrito, con valor de reclamación previa, a la correspondiente Dirección del distrito sanitario, en el que, tras indicar que se hallaba de baja médica por complicaciones en el avanzado estado de gestación, mostraba su disconformidad con la nuevas funciones que le habían sido asignadas, al estimar que suponían un peligro para su propia salud y la de su futuro hijo, solicitando la restitución a su situación anterior.

Por su parte, la Administración alegó que la decisión de asignarle nuevos cometidos fue tomada por necesidades del servicio y, que no sabía que la funcionaria estaba encinta, teniendo únicamente noticia de su estado cuando, ya dictada resolución por el Tribunal Superior de Justicia, interpuso la reclamación previa. Asimismo, la Administración defiende la imposibilidad de que se haya vulnerado el derecho a la vida de la empleada, puesto que ésta desempeñó sus nuevas tareas durante un solo día.

Por su parte, el Tribunal Constitucional recuerda que el derecho a la integridad física puede verse vulnerado no sólo por acciones, sino también por omisiones de los poderes públicos. El Constitucional estima que para apreciar la vulneración del artículo 15 CE no será preciso que la lesión de la integridad se haya consumado, sino que basta con que se acredite una situación de riesgo relevante de que la lesión pueda producirse.
El Constitucional concluye que la inactividad administrativa a partir del conocimiento del dato del embarazo, permaneciendo pasiva desde aquella fecha sin ocuparse de anular el acto previo o de dictar uno que lo sustituyera en cumplimiento de la normativa aplicable, dio como resultado la lesión del derecho fundamental a la vida y la integridad física.

El Alto Tribunal estimó, además, que la Administración no podía justificar su pasividad en que la funcionaria estaba de baja, ya que una vez concluida ésta, tenía que reincorporarse al puesto, que implicaba riesgo para su salud y la del bebé en camino.

HABERLAS ¿HAYLAS?

Por Carlos Javier Galán, abogado

Hace algunos años, una cliente me encomendó su defensa en una reclamación de cantidad que habían interpuesto contra ella. El asunto, a primera vista, parecía insostenible: su pequeña empresa había contratado un servicio con una conocida gran empresa, que estaba en condiciones de probar que había prestado tal servicio, lo había facturado al precio pactado y mi cliente había dejado sin pagar una parte de ese precio, que además era una cantidad de dinero importante. Con estos ingredientes, en principio, ya me dirán ustedes: condena segura.

Ella me explicaba algunos pactos verbales que la otra parte había incumplido y por qué consideraba moralmente injusto pagar esa parte del precio (lo que ella consideraba justo ya lo había abonado puntualmente), pero tales conversaciones entre ambas partes eran totalmente indemostrables si no las reconocían y, lógicamente, no las iban a reconocer.

Le aconsejé llegar a un acuerdo con la parte contraria y ofrecerles abonar la deuda al contado ya, para evitarnos el pago de más intereses y de las costas del juicio. También le sugería la posibilidad, si lo prefería, de solicitarles un pago en plazos. Ella me dijo que no, que no quería llegar a ningún acuerdo y pretendía que defendiera su postura de no soltar ni un céntimo. Le insistí en que los argumentos que ella me daba no iban a prosperar, porque todo apuntaba a que podían perfectamente justificar que habían cumplido su parte, mientras que ella había incumplido la contraprestación pactada, sin que pudiéramos acreditar ningún motivo de oposición realmente sólido.

En circunstancias normales, le hubiera dicho que el asunto era indefendible desde mi criterio profesional y que, en consecuencia, no me podía hacer cargo del mismo. Pero tenía cierto compromiso con ella y con quienes la habían enviado a mi despacho, por lo que finalmente le dije que, siguiendo sus instrucciones, yo me opondría a la reclamación, pero que quería que tuviera claro que lo más probable es que la condenaran a pagar la deuda más los intereses y las costas del juicio.

El día señalado para la vista, quedamos a tomar café un rato antes, en una terraza cercana a los Juzgados. Repasamos cuál iba a ser mi planteamiento y yo le insistí en mi recomendación de llegar a un acuerdo, obteniendo otra negativa por su parte. Ella me reiteraba que asumía el riesgo, porque confiaba en que le asistía la razón moral. Nuevamente, le dije que en los juzgados no siempre gana la razón moral, porque el juez no puede saber quién la tiene, sino que se utilizan argumentos jurídicos y pruebas objetivas y que, en este caso, por mucho empeño y mucha diligencia profesional que yo pusiera, la cosa no pintaba nada bien.

Tras el fracaso de mi último intento, me coloqué la toga y me dirigí hacia la sala de vistas, dispuesto a afrontar el juicio a cuerpo descubierto, sin una mala prueba -documentos o testigos- que llevarme a la boca. Yo iba rezando no ya para ganar -que no me gusta pedir imposibles-, sino para que hiciésemos un papel digno, para que no hiciéramos demasiado el ridículo.

El caso es que, conversando relajadamente sobre un asunto ajeno a este procedimiento, mi cliente sin querer me dio una pista que me sirvió para tramar, sobre la marcha e instantes antes de entrar al juicio, una estratagema procesal aparentemente muy arriesgada. Pero en tales circunstancias, ¿qué teníamos que perder por intentarlo? Por secreto profesional, lógicamente no sólo he omitido los nombres y algunas circunstancias del caso, sino que no puedo dar muchas pistas ni siquiera de en qué consistió mi argucia. El caso es que hay días en que uno tiene la inspiración de su parte y formulé una determinada pregunta, aparentemente disparatada pero que, una vez explicada, tenía su miga. La inesperada cuestión que introduje hizo tambalearse la sólida prueba aportada por la parte contraria, hizo dudar a todos los testigos uno tras otro –el comercial con el que se concertó el servicio, el técnico que ejecutó la prestación y la administrativa que lo facturó- y todos empezaron a mostrar inseguridad e incluso a contradecirse en sus afirmaciones.

El abogado de esta gran empresa intentó salvar el imprevisto naufragio de su postura, pero yo en la exposición de mis conclusiones pude explayarme y rematar la jugada, sembrando la duda razonable sobre que realmente se hubiera llegado a producir la prestación del servicio.

Cuando salimos, yo todavía no me acababa de creer el giro que había dado el asunto, pero mi cliente estaba muy satisfecha:

- ¿Ves como te lo decía? Has estado muy bien, Carlos. Lo vamos a ganar.

- Mira, no ha salido mal -intenté ser prudente-, pero ya veremos. Ya no te puedo decir, como antes de entrar, que lo vamos a perder seguro, porque hemos tenido cierta suerte en cómo se han desarrollado al final las cosas…

- Que no, que no, suerte no, que tú eres muy buen abogado.
- Muchas gracias, de verdad, pero te aseguro que no todos los días se producen milagros.

No me resistía a hacerle la pregunta que me llevaba rondando todo el tiempo:

- Oye y, aparte de que tuvieras razón moral y de que me consideres buen profesional y todo esto que me dices, tú sabías que no teníamos pruebas y, a pesar de que yo te lo puse muy negro, has insistido en entrar y, lo que me llama más la atención, no has tenido nunca ni la menor duda. ¿Por qué?

En parte me volvió a repetir la cantinela pero, al final, me lo soltó:

- Pues porque yo iba con la verdad por delante, porque tú eres muy buen abogado… y porque mi vidente me había dicho que iba a ganar este juicio.

Acabáramos. La procuradora, que también estaba delante, me miraba sin dar crédito.

Unos días más tarde, me llama la procuradora partiéndose de risa:

- Me acaban de notificar la sentencia del asunto tal: que hemos ganado, que desestiman la demanda y le imponen las costas a la parte contraria… Oye y que dile a nuestra cliente que tendría yo que preguntarle a su bruja algunas dudillas que tengo sobre mi vida personal… jajajaja.

La otra parte no apeló la sentencia y nos pagó religiosamente a la procuradora y a mí nuestras facturas por el juicio.

Algún tiempo después, vuelve la misma cliente con otro asunto parecido: había contratado el mismo servicio con otra empresa, ésta se había equivocado en un determinado aspecto en su prestación y ella no había pagado el total del precio.

Y yo, vuelta a la carga:

- Mira, tú tienes un contrato firmado y ellos han cumplido. No vamos a poder demostrar que ese error que dices fuera tal, porque ese aspecto se pactó verbalmente y porque, una vez terminada la prestación, no consta ninguna reclamación por tu parte y han pasado ya un par de años. Te van a condenar a pagar el precio, con intereses y costas. ¿Quieres que les llame e intentemos un acuerdo…?
- No, no, Carlos, tienes que pelearlo, porque es injusto y…
- Ya sé que es injusto, pero de verdad que todos los días no suena la flauta como la otra vez y que es mejor ser realistas…
- Que no, que yo corro el riesgo y, si perdemos, pues perdemos. Tú contéstalo y defiéndelo como tú sabes hacerlo, que yo confío en ti…
- Que yo te agradezco mucho esa confianza, de verdad, pero tienes que entender…
- Nada, nada, que te opongas a la demanda, que yo voy con la verdad por delante.

No me atreví a preguntarle qué había dicho su vidente esta vez.

Le envío a la procuradora la contestación y, al ver quién es la cliente, se parte una vez más de risa:

- Hombre, la que consultaba a una bruja...
- Sí, pero me parece que no siempre le van a salir las cosas igual. Esta vez, con vidente o sin vidente, yo creo que ya sí que nos cascan...

Nos citaron a juicio en abril de 2006. Cuando estábamos esperando en la puerta de la sala de vistas, mi cliente, que es de armas tomar, se marcó una parrafada hacia el procurador contrario, diciéndole que a ella le estaban reclamando algo que no debía y que, aunque los papeles estaban de parte de ellos, la verdad estaba de parte de ella y que Dios es justo y no permitiría que se salieran con la suya… El otro procurador creo que se asustó y le dijo que con él no iba la cosa, que él era un mandado y estas cosas que decimos los profesionales en tales situaciones. Yo mismo la corté para que no se dirigiera en esos términos al compañero, explicándole que él sólo cumple con su obligación profesional, como yo con la mía.

Unos minutos más tarde llaman del despacho de la abogada contraria: que tiene una afección y que se ha quedado completamente sin voz .

Pasamos al despacho del juez y se lo explicamos. Su Señoría acuerda la suspensión del juicio y le dice al procurador de la demandante que, por favor, tan pronto como se recupere su abogada, lo comunique y que, en la semana siguiente, nos hará un hueco para celebrar el juicio. El procurador dice que, en efecto, por lo que le han dicho, será cosa de dos o tres días.

Hasta hoy. Nunca más se supo. Ni comunicaron nada, ni se nos volvió a citar a juicio… Ni yo he vuelto a preguntar, por si acaso, porque nosotros no tenemos prisa. El asunto está inusualmente paralizado y, lo que iban a ser dos o tres días se ha convertido, por ahora, en un año y medio.

No creo en las brujas, pero…