UNIÓN DE ABOGADOS CELEBRÓ SU XV ANIVERSARIO

Miguel Manrique de Lara presenta públicamente a la nueva Junta Directiva

El pasado 3 de febrero de 2011 tuvo lugar en el Hotel Rafael Ventas de Madrid el acto de celebración del XV aniversario de la asociación profesional Unión de Abogados. 

Intervención de la Vicepresidenta
Tras el saludo que la vicepresidenta, Ana Grijalbo, dirigió a los presentes, tomó la palabra Fernando Cadalso, que desempeñó la presidencia de U.A. hasta octubre de 2007. Quien fuera primer presidente de la asociación repasó la trayectoria de ésta y las actividades realizadas a lo largo de estos quince años de labor.

Intervino por último el actual presidente, Miguel Manrique de Lara, quien recordó que Unión de Abogados es una asociación profesional con unos claros objetivos marcados en sus estatutos. Aseguró que U.A. es independiente de cualquier partido o grupo de intereses, pero que proclama abiertamente unos principios, en los que ocupa lugar destacada la defensa de España como proyecto nacional, la inquietud por la justicia social y la dignificación de nuestra profesión. 

F. Cadalso se dirige a los presentes
Manrique de Lara presentó a la nueva Junta Directiva y recordó que, quince años después, siguen vigentes los mismos problemas que cuando nació Unión de Abogados y por eso el proyecto, ahora con más experiencia, sigue siendo necesario.

Finalizó con un llamamiento a  los abogados que se sientan identificados con nuestros valores para que unan sus esfuerzos a esta asociación, porque así "la tarea será más fácil y, desde luego, más cálida".

Al términos de las intervenciones, los asistentes compartieron, en animada conversación, un vino español.

EXTINCIÓN DE LA DEUDA HIPOTECARIA TRAS LA ADJUDICACIÓN DEL INMUEBLE AL BANCO

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra ha dictado un auto, que está recabando amplio interés informativo, por el que confirma la decisión de un Juez de Primera Instancia de dar por extinguida una deuda hipotecaria tras la adjudicación del inmueble al propio banco.

Tras haber ejecutado la hipoteca por el crédito impagado y quedar desierta la subasta, el banco solicitó la adjudicación del inmueble a su favor por un valor de 42.895 €. Pero, al interesar que se continuase la ejecución por el resto de la deuda (otros 28.129,52 € de principal más 8.438,86 € presupuestadas para intereses, costas y gastos) el juez denegó tal petición.

Ahora, la Audiencia Provincial viene a desestimar el recurso de apelación interpuesto por la entidad financiera, recordando que la misma había reflejado en la escritura de préstamo como valor del piso para subasta el de 75.900 €, es decir, que el banco se adjudica una finca que él mismo valoraba en una cantidad superior a lo adeudado, por lo que da por saldada la deuda.

La sentencia hace otras consideraciones sobre la incidencia que la mala praxis de los propios bancos ha tenido en la crisis que ha llevado a la devaluación de los inmuebles que constituyen la garantía de los préstamos hipotecarios.

Este novedoso pronunciamiento judicial será, a buen seguro, objeto de recurso por parte del banco ejecutante, pero reabre el debate sobre la conveniencia o no de reformar la legislación española en este aspecto. A diferencia de otros países, donde se admite la dación en pago, en España existe esa doble garantía –personal y real- y procesalmente se contempla esta posibilidad de que el acreedor se adjudique un piso por un valor muy inferior al de tasación y posteriormente continúe reclamando el resto de la deuda.

CONVOCATORIA ACTO XV ANIVERSARIO

En enero de 1996, un pequeño grupo de abogados pusimos en marcha un proyecto que intentaba llamar la atención sobre los problemas de España y de la Justicia y, en nuestra concreta esfera, reclamar la dignificación de nuestra profesión. Aquella vez, cuando lanzamos la idea al aire nos vimos respaldados y sorprendidos de su buen eco, con una nutrida asistencia al acto de fundación, de compañeros con los que compartimos ratos muy agradables y algunos de los cuales han seguido prestando su apoyo continuado al proyecto de una u otra manera.

Con nuestras modestas fuerzas pero con tesón, hemos venido trabajando por los fines que nos propusimos desde esta asociación que cumple ahora 15 años. La celebración de ese aniversario es una buena ocasión para renovar ese compromiso con la dignidad humana, con la Patria unidad y plural, con la justicia social, para continuar prestándonos apoyo mutuo en nuestra dedicación profesional, y para ejercerla desde unos valores compartidos.

Por ello hemos convocado una reunión abierta tanto a asociados como no asociados, que tendrá lugar el próximo jueves 3 de febrero de 2011, a las 20 horas, en el Hotel Rafael Ventas (calle Alcalá, 269, de Madrid), en la que tendremos ocasión de conmemorar ese 15º aniversario y diseñar entre todos el futuro más inmediato de Unión de Abogados. Al finalizar, se servirá un vino español.

NUEVA ETAPA DE UNIÓN DE ABOGADOS

Tras una reunión abierta de asociados celebrada el pasado 18 de noviembre, se ha acordado el relanzamiento de Unión de Abogados, con el diseño de un plan de actividades para los próximos meses, abriendo así una nueva etapa en esta asociación próxima a cumplir quince años.

La Junta Directiva se refuerza con nuevas incorporaciones y queda como sigue:

- Presidente:  Miguel Manrique de Lara
- Vicepresidenta: Ana M. Grijalbo
- Secretaria: Inmaculada García
- Tesorero: Emilio Esteve
- Vocales: Diego Cámara (Actividades), Carlos Javier Galán (Comunicación), Alberto Gugel (Formación), Pedro Pascual (Turno de Oficio), César Huerta (Colaboración profesional), Luis Fernando de la Sota (Relación con asociaciones).

¿POR INVESTIGAR?

Publicado en su blog La nota discordante, 14.04.10.

  
Imaginen un delito grave, de los que más rechazo puedan producirles. ¿Una violación, por ejemplo? Sea. Supongamos, pues, que la víctima de una violación presenta denuncia ante el Juzgado de guardia. Supongamos que el juez que está de guardia no es legalmente competente para asumir la causa y sólo puede y debe realizar las diligencias urgentes. Supongamos que ese juez se siente tan identificado con la víctima y con su padecimiento que decide, en contra de la ley, declararse a sí mismo competente para llevar el asunto. La defensa del presunto violador le hace notar que no le corresponde la competencia legal y que debe pasar la causa al juez competente, pero él continua adelante. Posteriormente, la defensa del presunto violador presenta una denuncia contra el juez por vulnerar la ley conscientemente y el tribunal competente decide por unanimidad admitirla a trámite y, finalmente, abrir proceso.

¿Sería correcto y riguroso, en ese supuesto, un titular periodístico que dijera: “PROCESADO UN JUEZ POR INVESTIGAR UNA VIOLACIÓN? No, ¿verdad? Cuando menos, falta algo.

Pues eso. A Garzón, digan lo que digan no pocos medios, no se le ha procesado “por investigar los crímenes del franquismo”. Se le ha procesado, como nos pasaría a usted y a mí si lo hiciéramos, por vulnerar –presuntamente- la ley. Y tendrá la oportunidad de defenderse y de intentar demostrar que no ha sido así.

Ah, y en el ejemplo, para centrarme sólo en el aspecto jurídico y no contaminarlo con el fondo, he señalado un delito claro y perseguible, con un presunto autor identificado y con un móvil en la actuación del juez –la identificación con la víctima- que pueda parecer incluso noble. La cuestión se agravaría si, además de esto, al juez del ejemplo le trajera al pairo determinar la responsabilidad de la violación, le importara un bledo la víctima de la misma y sólo le interesara la repercusión mediática del caso, que es lo que yo creo, aunque esto ya es mi particular y discutible impresión.

DERECHO DE DEFENSA Y GRABACIONES ILEGALES

Por Carlos Javier Galán, abogado
Publicado en Jurismadrid, 11.01.10

Hablar de Estado de Derecho implica que quien actúa en contra de la ley vea sancionada su conducta, que no exista impunidad para quien se salta las normas que rigen nuestra convivencia. Pero también implica que esa condena no se produzca sino como resultado de un proceso justo, en el que la culpabilidad se vea confirmada con pruebas y en el que la persona acusada pueda ejercer plenamente su derecho de defensa.

Y para que esa defensa sea una realidad efectiva, nuestro ordenamiento prevé la intervención de un profesional del Derecho –el abogado- y dota de una serie de garantías a su actuación. Entre ellas, es básica la existencia del secreto profesional: el acusado debe poder comunicarse con su letrado en un marco de plena confianza y con la seguridad de que sus confidencias están protegidas.

Recordar esto a los ciudadanos es una necesaria labor didáctica, para concienciarles de que no existen atajos en la persecución de las conductas ilícitas y la determinación de responsabilidades, de que las garantías, las obligaciones y los derechos son para todos, de que esto hace más libre y más justa nuestra sociedad y no necesariamente menos eficaz en la persecución del delito… Pero, si es imprescindible hacerlo con los ciudadanos, tener que recordar conceptos tan elementales a los responsables políticos, a los jueces o a los abogados es algo que resulta cuando menos descorazonador.

Cuando leí en la prensa que se habían grabado conversaciones entre los imputados del caso Gürtel y sus letrados y las condiciones en las que se habían producido tales irregularidades, me sentí preocupado y escandalizado.

Acudí a la web del Consejo General de la Abogacía y me encontré un comunicado de 9 de octubre de 2009 donde este organismo denunciaba “la violación del derecho de defensa y del secreto profesional” como un “gravísimo atentado contra el Estado de Derecho” que “repugna al sentido común”.

Fui a continuación a la web de mi Colegio, el de Madrid, esperando igual firmeza en pro del derecho de defensa, pero no encontré ningún pronunciamiento. La respuesta del Colegio de Abogados madrileño se hizo esperar más de diez días, hasta la reunión de la Junta de Gobierno de 20 de octubre, pero, cuando por fin llegó, pensé que tal vez compensaba la tardanza con la contundencia: no se limitaba a denunciar sino que anunciaba actuaciones concretas, tales como otorgar amparo a los letrados objeto de las grabaciones ilegales, elevar protesta al Consejo General del Poder Judicial y a la Fiscalía General del Estado, disponer la personación del Colegio en los procesos que se iniciaran y autorizar la presentación de una querella contra el juez responsable de semejante violación, Baltasar Garzón.

Desde entonces, ninguna noticia había vuelto a tener sobre el particular, hasta que algunos medios de comunicación han informado de la queja de los letrados afectados porque, más de dos meses después, no se ha presentado tal querella, a pesar de la gravedad de estos hechos, que pueden sentar un precedente inadmisible, ante el que la abogacía no puede permanecer pasiva.

Las conductas denunciadas en la trama Gürtel me parecen gravísimas. No tengo la menor simpatía personal ni política con los imputados. No conozco a ninguno de los abogados que llevan su defensa. De hecho, me alegraré si se consigue probar quiénes son los responsables de tales actuaciones delictivas y celebraré que, en ese caso, resulten condenados conforme a Derecho. Pero todo ello en un juicio justo, con garantías y sin ilegalidades.

Como español de a pie y como profesional de la abogacía, me repugna que se hayan intervenido sin cobertura legal las comunicaciones de unos imputados con sus abogados. No me sorprende que no haya reacción de la sociedad, porque determinados conceptos, aun siendo claves para garantizar las libertades de todos y un sistema procesal justo, a veces no son comprendidas por el común de la ciudadanía y otras veces, aun comprendiéndolos, no se percibe su verdadera importancia. Pero me parece inadmisible que no exista una reacción inequívoca y activa por parte de los órganos que nos representan a los abogados. En este caso, además, no estarían defendiendo sólo intereses profesionales sino, sobre todo, el interés general.

JORNADA DE 65 HORAS: ¿UNA EUROPA SIN DERECHOS SOCIALES?

Por Carlos Javier Galán, abogado
Publicado en el diario digital Avila Red, 13.10.08.

El 7 de octubre, coincidiendo con la Jornada Mundial por el Trabajo Decente se llevaron a cabo algunas manifestaciones contra la nefasta Directiva Comunitaria, que pretende ampliar la jornada laboral máxima hasta las 65 horas.

Pero este debate (casi inexistente en la calle, donde la medida se toma, en efecto, como un disparate, pero a la vez como anecdótica, porque a los españoles supuestamente no va a afectarnos) no ha sido noticia de portada en ningún medio de comunicación. Y, no lo duden, esto es mucho más importante para nuestras vidas que ampliar el Fondo de Garantía de Depósitos, que la sentencia de la operación Nova, que analizar si Biden estuvo mejor que Palin en el debate electoral norteamericano, o infinitamente más importante que las lesiones en la selección española de fútbol ante el partido contra Estonia. Muchísimo más.

Ni la mayoría de los medios de comunicación (que tienen la obligación de informar, e incluso de contribuir a formar la opinión pública, esto es, alentar e ilustrar el debate social cuando el asunto lo merece), ni siquiera los sindicatos (que deberían representar con mucha mayor convicción los intereses de los trabajadores y poner toda la carne en el asador ante un asunto de esta envergadura) ni tampoco los ciudadanos de a pie (siempre distraídos con otras cuestiones mucho más intrascendentes) están prestando la suficiente atención a esta Directiva, que supone un recorte muy serio de una conquista social -la limitación de la jornada de trabajo- que costó siglos de concienciación, de luchas y de sacrificio.

Entre los argumentos de los defensores de este despropósito se apunta que es necesario flexibilizar los límites de jornada en determinados sectores o profesiones que lo precisan por su propia naturaleza (horarios de guardia o cuestiones similares). Pero ocultan que esa flexibilidad ya existía sin necesidad de la nueva Directiva. Tanto la legislación nacional de nuestro país como las normas europeas admiten la posibilidad de jornadas especiales de carácter sectorial. Y, en todo caso, el argumento es falaz: la excepción no puede convertirse en regla. Si es preciso, contémplese la excepción, pero que no se generalice.

Otro argumento, más peligroso aún, es que con la nueva regulación no se obliga a nadie a trabajar 65 horas, que eso sólo sucederá cuando el trabajador así lo acepte. Esta afirmación de apariencia tan simple se carga, de un plumazo, todo el armazón del Derecho Laboral.

El Derecho Laboral continental y, desde luego, el español, parten de la base de que, a diferencia de otras ramas, como el Derecho Civil, aquí no estamos ante una contratación entre partes iguales, sino que hay una parte más débil que merece ser especialmente protegida. Este principio básico implicaba que no pudieran negociarse individualmente cualesquiera condiciones, sino que existieran unos mínimos imperativamente fijados por la Ley. Y llevaba a que, respetando esos mínimos legales, pudieran convenirse condiciones, pero no mediante pacto individual, sino mediante los procesos de negociación colectiva, de forma que los trabajadores, agrupados en sus representaciones sindicales, pudieran cobrar mayor fuerza.

Ese argumento, que ahora esgrimen los euroburócratas del capitalismo europeo para recortar un derecho ya reconocido -y, lo que es más preocupante, para dinamitar de paso la base teórica de nuestro Derecho Laboral-, podría servir en el futuro para abolir igualmente otras conquistas sociales hoy proclamadas en la normativa comunitaria, como los salarios mínimos, las vacaciones o la protección social. ¿Por qué fijar un salario mínimo obligatorio? Que quede al pacto individual de las partes y, si el asalariado acepta trabajar por una miseria, nadie le ha obligado a ello. ¿Por qué preceptuar que existan vacaciones? Si el trabajador está de acuerdo en no disfrutarlas, es libre de hacerlo, para qué se le va a obligar a descansar si él no quiere. Y si al trabajador le da igual tener Seguridad Social que no tenerla, pues que la empresa no esté obligada a cotizar porque, si él acepta voluntariamente no contar con esa cobertura, no tiene sentido imponérsela… Nuestro Derecho parte de la tesis contraria a tales aseveraciones: la de que, en estos casos, la parte débil, la persona que necesita el salario para su propio sustento personal y familiar, podría verse forzada por la necesidad (siempre, pero muy especialmente en épocas de crisis o de desempleo en las que la oferta de mano de obra sea superior a la demanda) a aceptar la imposición de condiciones abusivas. La historia nos enseña que esto es mucho más que una suposición. Y por eso, las conquistas sociales, durante los precedentes siglos XIX y XX, han ido en la dirección de garantizar por ley una serie de condiciones dignas y convertirlas en derechos irrenunciables. Esto es, ni aun aceptado de forma teóricamente voluntaria por el trabajador, sería válido un pacto de renuncia a derechos tales como el salario mínimo, la jornada máxima, la limitación de horas extraordinarias, las vacaciones pagadas, el descanso semanal, las garantías en la contratación o en el despido, la protección del empleado menor de edad y un largo etcétera de avances sociales. Al menos hasta ahora, insisto, esa concepción era el pilar sobre el que descansaba todo nuestro Derecho Laboral.

Que la Unión Europea abandere en estos momentos, empezando por la jornada (pero estoy seguro de que, una vez sentado el precedente, la misma argumentación se aplicará a otros aspectos de la regulación laboral), la vuelta a la ley de la selva del liberalismo decimonónico en materia laboral es altamente preocupante. Y que toda la sociedad y la ciudadanía europea no se hayan puesto ya en pie con decisión ante semejante disparate, que supone un importantísimo retroceso y que acaba con siglos de esfuerzos para conseguir un marco laboral humanizado, es aún más preocupante. Si cuela esto, puede colar ya cualquier cosa. Y ahí está en juego nuestra propia dignidad, nuestro tiempo, nuestro espacio personal y familiar, nuestra calidad de vida, que es tanto como decir nuestra posibilidad de realización personal. Yo soy profesional, no soy empleado por cuenta ajena, es decir, que no me incumbe individualmente, pero no me puede ser ajeno ni indiferente el vivir en una sociedad más justa o menos justa, no puedo admitir como normal que los seres humanos vivamos exclusivamente para trabajar, que seamos sólo carburante para una maquinaria económica.

El gobierno español mantiene una postura ambigua pues, aunque nominalmente se opone, en la práctica no ha hecho lo posible para bloquear la iniciativa e incluso intenta quitar hierro al asunto, asegurando que en España no tendrá efecto práctico. ¿Seguro? Es cierto que no es nada previsible que el actual ejecutivo cambie la normativa interna en este aspecto –aparte de que no lo deseen, supondría un escándalo e implicaría un elevado coste político- y debe tenerse en cuenta que la Directiva, aun permitiendo ampliar la jornada máxima, no obligará a ello a los Estados. Pero, ¿este gobierno piensa estar en el poder eternamente? ¿O es que considera que está en condiciones de poner la mano en el fuego por todos los gobiernos que haya en el futuro, sean del signo político que sean y sean cuales sean las circunstancias socioeconómicas con las que se encuentren?

En una economía globalizada, cualquier disminución de las garantías laborales en un país cercano nos repercute, querámoslo o no: incide en la competencia y provoca a la postre deslocalización. Si en otro país las empresas encuentran mano de obra que puede trabajar legalmente 65 horas semanales sin trabas, ¿para qué van a instalar sus empresas en un Estado donde “sólo” tiene permitido trabajar 40? Esa situación es la que puede acabar afectando a nuestra economía, de manera que -igual que ahora los empresarios aprovechan la crisis para volver a pedir el abaratamiento del despido-, ante una coyuntura como la apuntada, se podría llegar a presionar para aumentar la jornada en nuestra legislación, e incluso presentarlo como una exigencia de necesaria modernización y de homologación con Europa. Pretender que nuestra realidad nacional está blindada y que la Directiva es inocua para los españoles es desconocer la realidad mundial o querer engañarnos deliberadamente.

Si yo me siento razonablemente satisfecho de vivir en Europa no es sólo, ni siquiera fundamentalmente, por su desarrollo económico. Es porque, a pesar de los muchos pesares, me siento ciudadano en un espacio de derechos que hasta ahora avanzaba. También la misma o mayor prosperidad económica existe en EE.UU., por ejemplo, y sin embargo mi preferencia por el marco europeo se debe claramente a otros factores. Habíamos sido capaces de crear un ámbito con unos derechos políticos elementales (Estados formalmente democráticos, garantistas, con sistemas judiciales mediantemente fiables, sin Guantánamos ni pena de muerte…) y con una serie de derechos sociales garantizados (salarios mínimos, jornadas máximas humanizadas, despido regulado y no libre, seguridad social…) que nos convertían, aun con todas las carencias y deficiencias que conocemos, en el espacio geopolítico socialmente más avanzado del mundo. Muy perfectible, sin duda, pero el menos malo.

Se suponía que Europa tenía ya consolidado todo esto y estaba inmersa a estas alturas en otro debate social. El de tratar de conseguir que mayor productividad no necesariamente significase mayor tiempo de permanencia en el puesto de trabajo. El de avanzar en las medidas de conciliación entre la vida laboral, personal y familiar… Y, de pronto, nos encontramos con una Directiva como ésta, que camina en sentido opuesto y que implica un retroceso social alarmante.

Por eso no es casualidad que esta lamentable norma no haya venido sola. Al mismo tiempo, ha continuado la tramitación de la otra Directiva de la vergüenza que permite el internamiento de los inmigrantes durante varios meses, sin un plazo claro para el control judicial de la medida, y que permite la deportación sin las suficientes garantías jurídicas. Y, mucho más desapercibida aún, sigue también su tramitación una tercera Directiva que posibilitará que las autoridades administrativas puedan espiar al usuario europeo de internet.

Hay fundados motivos para pensar que la Europa de los derechos sociales y las libertades está siendo seriamente cuestionada por la burocracia de Bruselas, aprovechándose de una ciudadanía falta de información y de concienciación, claramente desmovilizada, y aprovechándose de que no existen sindicatos y organizaciones cívicas o políticas que, en el marco comunitario, se muestren capaces de alzar suficientemente la voz e impulsar medidas contundentes frente a semejantes atropellos.

Yo creo que la Confederación Europea de Sindicatos debería estar ya concienciando a la opinión pública del continente, dando la voz de alarma sin sordina, desde una postura de fuerza, dialogando con todos los grupos del parlamento europeo, pidiendo negociar con las autoridades de la UE la inmediata retirada de esta medida y, en caso de no encontrar receptividad, impulsar medidas de presión de suficiente peso, sin descartar incluso una huelga general europea.

Bruselas no puede seguir pretendiendo construir el edificio de la Unión de espaldas a los ciudadanos. Pero, menos que nada, recortar conquistas sociales que nadie nos regaló y que los europeos no nos deberíamos dejar ahora arrebatar tan fácilmente.

CHARLA COLOQUIO SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS EN LOS DESPACHOS DE ABOGADOS

Os invitamos a asistir el próximo 23 de abril a las 20'30 horas a la charla coloquio organizada por nuestra asociación sobre Las implicaciones del nuevo Reglamento de protección de datos de carácter personal a la gestión de los despachos de abogados.

Esta normativa, aprobada por Real Decreto 1720/2007, entrará en vigor el próximo 19 de abril de 2008 y su contenido reviste indudable interés para los profesionales del Derecho.

Para más información y confirmación de asistencia (al objeto de preparar los ejemplares de la documentación que se entregará a los asistentes), puedes dirigirte a nuestra compañera Inmaculada García.